Descontando letras: liquidación de efectos comerciales (I)

Descontando letras: liquidación de efectos comerciales (I)
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Una vez tenemos a nuestra disposición la linea de descuento, una vez nuestro Banco nos da luz verde para descontar las letras, o en general los efectos comerciales, es el momento de ver cómo es la mecánica del día a día, y de en que nos debemos fijar cuando llevemos nuestro pequeño tesoro a la sucursal. Dado que estoy hablando de letras parto de que se descuentan físicamente, prescindo de la operativa por internet, habitual en el tema de recibos o de Norma 58. Ya veremos algo más sobre el tema en el futuro.

Lo primero que es evidente es que las letras, en general, no se suelen descontar aisladamente. Lo más frecuentemente es que lleve un grupo de ellas para descontar simultáneamente. Es lo que se conoce como una remesa de efectos comerciales, que puede estar compuesta de efectos de distinta clase. Rellenaremos el impreso correspondiente, y guardaremos copia del mismo para acreditar lo que hemos entregado. El banco, en general, los admitirá sobre la marcha (salvo restricciones por criterios de riesgo) siempre y cuando tengamos sitio en nuestra linea, y procederá al instante a abonarlos en la cuenta asociada. A partir de ahí nuestra remesa inicia un viaje.

Y es que los efectos serán enviados a la central, donde serán liquidados. Es decir, le aplicaran a cada efecto el tipo de interés correspondiente por los días que falten hasta su vencimiento, asi como las comisiones correspondientes. Esa liquidación nos la cargarán en nuestra cuenta en uno o dos días, eso si con la fecha valor del abono de la remesa. Así, nuestra remesa habrá sido liquidada.

Algo fundamental de esta operativa es que se trata de una liquidación del tirón, que te aplican un tipo de descuento. Quiero decir que los intereses, los gastos, te los cobran todos por anticipado, según te abonan la remesa. La remesa queda minorada en este importe realmente (de ahí lo de descuento). Y eso conforma el llamado efecto tirón. Si te cobran un 6% de tipo nominal anual de interés al descuento, el TAE es netamente superior, y no digo nada si tenemos en cuenta las comisiones. De ahí que, nominalmente, se pueda ajustar o pelear algo más la liquidación de una remesa que la de otras formulas de financiación. Además, dejando de lado los gastos de intervención del contrato de descuento, los Bancos no suelen cobrar nada por abrirte la linea, cosa que no ocurre en otros productos financieros, donde las comisiones de apertura o de estudio, están a la orden del día.

Tradicionalmente se liquidaban los efectos por tramos. En función del plazo que le quedaba al efecto hasta el vencimiento se le aplicaba un tipo distinto. Ademas, se aplicaba una comisión distinta en función de si el efecto estaba domiciliad o no, si se giraba sobre una plaza donde tenía presencia la entidad o no, si estaba aceptado o no, etc...Con el tiempo se ha ido imponiendo el tipo forfait, que viene a ser u tipo único, fijo o variable, para todos los efectos independientemente del plazo, así como una comisión única por efecto, o bien la ausencia de ella.

Sobre ese tipo, sobre las comisiones y sobre alguna cosa más hablaremos en el próximo post.

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