El código QR y el uso de Verifactu será obligatorio en facturas a partir de enero de 2026 para las empresas. Los autónomos tendrán unos meses más de plazo

El Codigo Qr Y El Uso De Verifactu Sera Obligatorio En Facturas A Partir De Enero De 2026 Para Las Empresas Los Autonomos Tendran Unos Meses Mas De Plazo
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Javier Ruiz

Las facturas que emitan los negocios españoles van a cambiar en cuestión de meses. El Real Decreto 1007/2023 introdujo el sistema Verifactu, que obligará a que todas las facturas incorporen un código QR verificable para garantizar su trazabilidad y control fiscal.

 El objetivo, según explica la Agencia Tributaria, es asegurar que cada factura queda registrada y no puede ser manipulada ni eliminada, además de poder comunicar los datos en tiempo real a Hacienda.

Fechas clave para el cambio

La obligación no entrará en vigor de golpe para todos. La Ley Crea y Crece se ha aplicado, primero, a aquellos negocios con una facturación superior a los 8 millones de euros anuales.

De igual modo, desde el 29 de junio de 2025, los software de facturación están obligados a adaptar y certificar sus programas para que sean compatibles con Verifactu.

Para el resto de negocios, se plantean dos tramos finales: en el caso de empresas y sociedades mercantiles, deberán adaptarse desde el 1 de enero de 2026; en el caso de autónomos y personas físicas, dispondrán de un plazo adicional, hasta el 1 de julio de 2026, para cumplir con los nuevos requisitos.

Así lo establece el calendario oficial de la Agencia Tributaria y lo recogen medios especializados como TaxScouts.

¿Qué facturas deberán llevar QR?

El reglamento se aplica a quienes emiten facturas mediante sistemas informáticos de facturación, lo que incluye facturas digitales en PDF, Word o Excel, que a partir de los plazos señalados deberán incorporar el QR y facturas impresas generadas desde estos formatos.

La Ley Crea y Crece también pretende digitalizar todos los procesos (razón por la que desde el Ejecutivo se ha intentado que las pymes aprovechen el kit digital) y las facturas manuscritas dejarán de ser válidas a partir de las fechas anteriores, pues el Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación (RRSIF, RD 1007/2023) obliga a que las facturas se generen a través de sistemas informáticos de facturación homologados (SIF).

La normativa exige que los programas de facturación sean homologados como Sistemas Informáticos de Facturación (SIF).

Esto implica:

  • Registro automático e inalterable de cada factura.
  • Conservación de los datos en un formato seguro.
  • Inclusión del código QR de verificación.

Para quienes no cuenten con software propio, la Agencia Tributaria pondrá a disposición una aplicación gratuita en su sede electrónica, que permitirá emitir facturas válidas con QR e incluso imprimirlas.

En el caso de no adaptarnos, la AEAT apunta a que las facturas emitidas sin QR no serán legales a efectos tributarios y pueden suponer sanciones económicas.

Paso a paso, para pymes y autónomos 

Si  tienes dudas sobre cómo adaptarte, ten en cuenta cuatro sencillos pasos:

  1. Revisar si el software actual está adaptado al reglamento.
  2. Contactar con el proveedor de facturación para confirmar la homologación.
  3. Explorar la aplicación gratuita de la AEAT como alternativa si no se dispone de programa propio.
  4. No esperar al último momento: aunque el calendario parece lejano, la actualización de sistemas y procesos puede llevar un tiempo prudencial. 

De este modo, la obligación de incluir códigos QR en las facturas no es un simple cambio estético: transforma la forma en que pymes y autónomos trabajan con Hacienda. Con los plazos ya fijados —enero de 2026 para empresas y julio de 2026 para autónomos—, conviene anticiparse y evitar problemas en el futuro.

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