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Las Cámaras de Comercio se consideran insustituibles

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El Consejo de Ministros de hoy también ha ratificado la eliminación del Recurso Cameral Permanente, la cuota a las Cámaras de Comercio que pagan las empresas de manera obligatoria, da tal manera que, el año 2010, será el último año en el que las empresas tendrán que abonar de manera obligatoria este impuesto revolucionario, siendo voluntario a partir del 2011.

Con esta modificación, el Gobierno pretende que las Cámaras trabajen realmente las cuotas de las empresas, de tal manera que sólo paguen estas cuotas las empresas que voluntariamente quieran. Por lo tanto, las Cámaras tendrán que prestar un servicio efectivo a sus asociados para todos nosotros, consideremos necesaria su presencia en la economía y sigamos financiando estas instituciones. Las Cámaras, después del Consejo de Ministros no han hecho una declaración institucional, aunque si remarcan en una nota de prensa que su figura es insustituible dentro del panorama empresarial. Las Cámaras se equivocan, necesario todo el mundo, imprescindible o insustituible, nadie. Veamos por ejemplo, las principales cifras de las Cámaras de Comercio:

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Zapatero anuncia una rebaja de impuestos para pymes

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Zapatero acaba de anunciar en el Congreso una bajada de impuestos a empresas en la que se va a modificar el impuesto de Sociedades ampliando el concepto de empresa reducida y ampliando el criterio de importe neto de la cifra de negocios para que más empresas se favorezcan de esta medida. Según el presidente, más de 40.000 empresas se favorecerán de este cambio en la tributación (yo lo dudo seriamente que sean tantas). El segundo bloque de modificaciones aparece con la eliminación de la cuota obligatoria a las Cámaras de Comercio (medida que hemos demandado en este blog siempre) y la implantación de las mejoras para la creación de empresas de la Ley de Economía Sostenible.

Estas medidas no son el revulsivo que hace falta, pero en la situación actual, menos da una piedra, por lo que podemos considerar que vamos por el buen camino. Respecto a las modificaciones que se van a poner en práctica en el IRPF no sabemos claramente cuáles son y hasta que no estén aprobados todos los cambios legislativos, no podremos saber con seguridad el alcance real de las medidas anunciadas.

En Pymes y Autónomos | El Congreso rechaza rebajar los impuestos a pymes y autónomos

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La financiación a las empresas: volvemos a la picota de los bancos

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El informe de las Cámaras de Comercio sobre la encuesta de financiación ajena a las empresas y las necesidades de financiación del tejido empresarial sigue constatando que las entidades financieras están en stand-by desde hace dos años y el acceso al crédito empresarial ha cambiado radicalmente.

En esta línea, el 85% de las empresas que han solicitado cualquier tipo de financiación han tenido problemas para acceder a esta financiación y sólo se ha conseguido reducir en un 2%, hasta el 11,9% las empresas que no han obtenido financiación bancaria en el 1 semestre del 2010. Por contra, Zapatero afirma justo lo contrario, que las empresas han reducido drásticamente sus necesidades de financiación.

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El impuesto revolucionario de las Cámaras de Comercio seguirá en vigor

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Hace ha tiempo, me quejaba en estas páginas del Recurso Cameral Permamente, como cuota que pagan empresas y profesionales a las Cámaras de Comercio para que se puedan financiar parcialmente. Este “pseudoimpuesto obligatorio” estaba previsto que desapareciera del mapa de tributos dejando un aire de voluntariedad para las empresas que libremente quieran acogerse a los beneficios que pueden proporcionar las Cámaras.

El anteproyecto de Ley de Economía sostenible, así tenía previsto que se fijara la exacción de este impuesto revolucionario, pero parace ser que esa voluntariedad ha desaparecido del anteproyecto y seguirá siendo una cuota obligatoria para todas las empresas.

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Disponible la encuesta sobre financiación a pymes de las Cámaras de Comercio

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Las Cámaras de Comercio acaban de publicar su encuesta de financiación a pymes, obteniendo como espacio muestral a 1,66 millones de empresas con menos de 250 trabajadores, pero tomando como base muestral a 400 empresas solamente. De esta encuesta se extraen unas conclusiones interesantes, como son:

  • El porcentaje de empresas que han requerido financiación ha disminuido un 3,2% desde septiembre situándose en el 76% de las empresas encuestadas.
  • Sólo un 1,5% de las empresas encuestadas han accedido sin problemas a la financiación solicitada. (Datos que se extraen del gráfico que acompaña al post)
  • El número de empresas que no ha obtenido la financiación que han solicitado se situa en el 14%, intervalo superior al resto del año, pero lejos de los máximos de febrero que superaba al 21% de negativas al crédito.

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Las sucursales extranjeras en España y el recurso cameral

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Cámara de Comercio de BilbaoEn diciembre del año pasado Remo tenía a bien recordarnos lo que, personalmente estimo como una antigualla parafiscal procedente de efluvios corporativistas de un antiguo régimen. Hablamos del recurso cameral a través del que se financian nuestras Cámaras de Comercio, entidades de las que no dudo de su utilidad, de su trabajo, pero si de la necesidad de financiarlos con exacciones parafiscales y de configurarlas como entidades que ni chicha ni pescado, ni públicas ni privadas. Y si alguien quiere buscar paralelismos, ahí tiene las extintas Cámaras de la Propiedad Urbana.

Pues bien, dicho recurso cameral, a la hora de liquidarse, son tres exacciones diferentes, según la Ley 3/93. Un porcentaje que se paga sobre el IAE, otro que pagan las personas físicas sobre sus rendimientos, y un tercero para las sociedades de un 0,7% sobre la cuota liquida del Impuesto de Sociedades. Pues bien, este último porcentaje ha sido puesto en cuestión por los Tribunales para el caso de las sucursales de sociedades no residentes, los llamados Establecimientos Permanentes.

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El impuesto revolucionario de las Cámaras de Comercio

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De todo el sistema tributario español, hay dos puntos que me llaman la atención de manera desproporcionada. El primero de ellos, el gran agujero negro sideral de la Seguridad Social, y por otra parte, otro que aunque su cuantía no suele ser muy alta, me molesta profundamente pagarlo. Me refiero a la Cuota por el Recurso Cameral Permanente, o la cuota a las cámaras de comercio.

Este tributo, está impuesto por la Ley 3/1993 Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación y como todos los impuestos establecidos en nuestro sistema tributario se paga y punto, sin esperar nada a cambio. Los obligados al pago y las bases imponibles son los siguientes obligados tributarios:

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