Otro caso particular en cuanto a los requisitos necesarios para cobrar la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos es el que se refiere a los autónomos dependientes.
Según se establece en el procedimiento, los trabajadores autónomos económicamente dependientes deberán acompañar a su solicitud de prestación, la comunicación registrada en el Servicio Público de Empleo de la terminación del contrato con el cliente. El Servicio Público de Empleo verificará de oficio la comunicación registrada que deberá estar inscrita en el registro de contratos de los trabajadores autónomos económicamente dependientes.


