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La cotización obligatoria para autónomos por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

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A partir del 1 de enero de 2013 pasará a ser obligatoria la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales para los trabajadores autónomos. De esta forma el RETA igualará sus condiciones al régimen general en estas coberturas.

Cabe preguntarse si esto supondrá mayores ventajas para el autónomo o si obedece simplemente a un ánimo recaudatorio. Hasta esa fecha esta cotización será obligatoria tan solo si se quiere incluir la cobertura de cese de actividad, pero no en los demás casos.

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Reducción de cuotas de la Seguridad Social para las empresas que tengan un plan de seguridad vial

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Un convenio firmado hoy entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Ministerio del Interior permitirá aplicar una reducción de las cuotas de la Seguridad Social a aquellas empresas que trabajen en la reducción de los accidentes de tráfico durante la jornada laboral o en los trayectos de casa al trabajo de sus empleados.

Las empresas tendrán que poner en marcha de un plan de movilidad laboral o fomentar el transporte público entre sus empleados, de esta forma podrán reducir las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las cotizaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que pagan las compañías.

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La Seguridad Social hará un mayor control sobre el pago de las bajas

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La Seguridad Social va a someter a control la compensación sobre las cotizaciones, que hacen las empresas por los pagos que en concepto de Incapacidad Temporal hacen a sus trabajadores como colaboración obligatoria con la Seguridad Social. En caso de compensaciones indebidas se reclamará su reintegro a las empresas o al trabajador, si es responsable de cobrar una prestación que no le corresponde.

Esta actuación se denomina pago delegado, pues corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), al Instituto Social de la Marina (ISM) y a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales hacer frente a la baja a partir de los 15 primeros días y no a las empresas que corren con el coste de la IT a su cargo hasta ese momento. Para evitar perjuicios a los trabajadores cuando caen enfermos o se accidentan, las empresas pagan la prestación de IT correspondiente y luego lo descuentan de sus cotizaciones, informa el Ministerio de Trabajo e Inmigración en un comunicado.

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Menos cotización para las empresas sin siniestros

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El Gobierno aprobó hoy reducir las cotizaciones que pagan las empresas por accidentes de trabajo y enfermedades profesional entre un 5% y un 10% con el objetivo de reducir la siniestralidad laboral.

El Real Decreto aprobado hoy por el Ejecutivo se incluye en las medidas de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007-2012 y que establece la posibilidad de reducir estas cotizaciones de la Seguridad Social siempre y cuando las empresas acrediten una reducción de la siniestralidad y prevengan los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

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Demasiados muertos en el trabajo

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826 muertos por accidente laboral en el 2009 es una cifra excesiva porque hay que trabajar para vivir y no vivir para trabajar en el más amplio sentido de la palabra. Si sacamos de la cifra anterior los accidentes de trabajo in itenere, 194 muertos en los desplazamientos del trabajo a la vivienda, la cifra de muertes laborales para el 2009 es de 632 personas.

Si comparamos con el año anterior, esta cifra se ha reducido en un 22%, pero no es un buen dato en absoluto, más aún si corregimos el número de puestos de trabajo con el desempleo que ha aumentado en el 2009. La conclusión a la que llegamos es que se siguen tomando pocas medidas en áreas de prevención de riesgos y en siniestralidad laboral.

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Novedades sobre la Incapacidad temporal

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En fecha de hoy se ha publicado el Real Decreto 1430/2009, por el que se regulan las comunicaciones a los interesados que se encuentran en procesos de incapacidad temporal, así como a las empresas en las que prestan servicios, se concreta el inicio del procedimiento de revisión por el INSS y a instancia del interesado, los efectos del alta emitida, las posibles actuaciones de la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social así como las distintas variantes de pronunciamientos que pueden darse. Su entrada en vigor está prevista para el 1 de octubre de 2009.

En referencia al pago de la prestación por incapacidad temporal por las empresas, y exceptuando un par de supuestos, cesará el último día del mes en que la entidad gestora competente haya dictado la resolución en la que se declare expresamente la prórroga de dicha situación o la iniciación de un expediente de incapacidad permanente.

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Los autónomos tienen menos siniestralidad

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seguridad-laboralSegún el último informe presentado por la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), los trabajadores asalariados triplican a los autónomos en siniestralidad laboral.

El perfil del trabajador autónomo con mayor riesgo de sufrir un accidente laboral en España es el de una mujer de entre 55 y 65 años dedicada al sector de la construcción y con menos de un año de experiencia. Otros datos de interés del informe son:

  • La mayor incidencia de accidentes se produce los lunes
  • La hora de más riesgo se sitúa en torno a las diez de la mañana.
  • El índice de siniestralidad entre autónomos lo encabezan las comunidades de Extremadura, Castilla la Mancha, Navarra y Cantabria.
  • Los mejores resultados los obtiene Cataluña, que ofrece la menor tasa de accidentes.
  • La construcción sigue siendo el sector de mayor riesgo, con el doble de percances que industria y agricultura juntas
  • Los hombres de entre 35 y 40 o las mujeres de 55 a 60 los más afectados.
  • Los trabajadores con menos de un año de experiencia son los que más riesgo conllevan, siendo casi un 30% de todos los damnificados.

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Control de alcoholemia y estupefacientes a pie de obra

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Nuevo Mestalla

En estos días, debido al trágico accidente producido en las obras del Nuevo Mestalla en Valencia, que se ha saldado con cuatro fallecidos, otra vez está en boca de todos la alta siniestralidad laboral y la aplicación de la Prevención de Riesgos Laborales.

Los sindicatos principales piden la creación de una policía especializada en accidentes de trabajo, que se aumente el número de inspecciones de trabajo y de sanciones impuestas.

En todo este batiburrillo de reproches a la patronal, ha surgido la voz, alta y clara de la Asociación Empresarial Sevillana de Constructores y Promotores de Obras (Gaesco), acusando a los sindicatos de no promover la seguridad y la prevención de riesgos laborales al negarse a introducir en un texto la obligatoriedad de realizar controles de alcoholemia y de drogas a los trabajadores.

Se trata de una cuestión muy peliaguda, por una parte el derecho a la intimidad del trabajador, que choca a su vez con la obligación del empresario de procurar la seguridad del trabajador en su puesto de trabajo. ¿Qué debe primar?

No estoy descubriendo nada nuevo si digo que hay algunos trabajadores, que a las 9.00 de la mañana han consumido una cerveza, un carajillo y en algunas situaciones hasta una copa. ¿Podrán estos empleados subirse a un andamio con todas las garantías?

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Siniestrabilidad laboral: dos tazas para los malos

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dos palas.jpgUna demanda antigua por fin ve la luz: un sistema de bonus-malus para combatir la siniestrabilidad laboral. Los chicos buenos podrán ver reducida su cotización ya en 2008 hasta un 10%, en cambio los chicos malos tendrán dos tazas y es que se contempla un posible aumento de la cotización hasta un 20%. El dinero para apoyar la medida vendrá de las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, según lo establecido en la disposición final octava de los Presupuestos de 2008.

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