¿Estás al corriente con la Seguridad Social?

¿Estás al corriente con la Seguridad Social?
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Estar al corriente con la Seguridad Social es una exigencia ineludible, tanto para acceder al cobro de prestaciones públicas como para obtener bonificaciones en la cuota de autónomos o en las cotizaciones de trabajadores. En cierto modo, es lógico que la administración establezca el no tener deudas como condición para tener derecho a beneficios que el propio gobierno otorga.

El mismo mecanismo se utiliza en relación a la situación tributaria. Es imprescindible no tener deudas con Hacienda para todo tipo de trámites con la administración: ingreso en el Registro de Contratistas, solicitar aplazamientos, percibir subvenciones públicas...La situación de incorriente da lugar a que el procedimiento que se tramita se paralice, a la vez que se concede un plazo de tiempo para proceder a la regularización.

Sin embargo, existen támites en los que la tenencia de deudas ocasiona la pérdida del derecho que se pide, sin dar oportunidad a regularizar la situación. Esto ocurre, por ejemplo, en la aplicación de bonificaciones en los seguros sociales. Hay ciertas bonificaciones a las que no se puede acceder si se está incorriente en el momento de la solicitud y que dan lugar a la exclusión definitiva, sin conceder plazo alguno para pagar la deuda.

Podemos ver esta operativa en la recién estrenada tarifa plana de 100 euros por contratar trabajadores indefinidos. Entre los requisitos establecidos para poder aplicar este beneficio se menciona "estar al día en el pago de sus obligaciones con Hacienda y con la Seguridad Social, desde el día en que se formaliza la contratación y durante todo el tiempo en que se aplique este incentivo".

Si durante la percepción de las bonificaciones se produce la falta de ingreso en plazo reglamentario de las cuotas de la Seguridad Social de una determinada mensualidad,ese mes no se podrá aplicar la bonificación, pero sí en los siguientes, siempre y cuando se haga el ingreso en el plazo establecido.

En Pymes y Autonomos | La obligación de presentar certificados de estar al corriente con Hacienda Imagen | Mario Antonio Pena Zapatería

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