La internetización por decreto-ley de las notificaciones de la AEAT: administración 2.0 a golpe de ley

13 comentarios

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Nos acaba de comentar RBujan cómo a partir del 1 de enero, las sociedades mercantiles y otros entes jurídicos tendrán que recibir sus notificaciones y comunicaciones con la Agencia Tributaria de manera telemática. Esta loable labor de recorte de costes de la Administración, la entrada por decreto ley de las conexiones a internet y las firmas electrónicas en las empresas para las relaciones con la administración tributaria es muy peligrosa, dado que vamos a crear dos tipos de empresas y los problemas con los procedimientos tributarios no se van a hacer esperar.

De entrada, el Real Decreto parte de la base que todas las empresas cuentan con un ordenador, conexión a internet, una proveedor de servicios de correo electrónico fiable y firma electrónica. Todos estos requisitos son necesarios para poder recibir una notificación telemática y por tanto, si tu eres el administrador de una sociedad y no lees este blog porque no tienes conexión a internet, estás tardando tiempo en acudir a cualquier proveedor de servicios para contratarla, preparar un PC, una cuenta de correo relativamente estable y por supuesto una firma electrónica.

Internet en las empresas y las consecuencias de las notificaciones telemáticas


A día de hoy, si miramos las últimas estadísticas de penetración de los medios informáticos en la empresa, nos podemos dar con un canto en los dientes. En enero del 2010 el 42% de las pymes no tenía conexión a internet y un 33% no contaba siquiera con ordenador, según la encuesta TIC del INE. Evidentemente, esta informatización a golpe de decreto no es lógica, lo miremos como lo miremos, dado que las empresas no cuentan con la tecnología suficiente.

La segunda parte la encontramos en la capacitación técnica de las empresas, de los administradores de las sociedades para manejar un certificado electrónico, un ordenador o procesar un PDF. Por desgracia, en muchas empresas, los propietarios de antaño o menos cualificados recurren a terceros para la gestión de su correo electrónico o incluso llaman por teléfono para verificar su recepción. Todos estos perfiles necesitan un grado de aprendizaje y preparación al que no están preparados.

La solución de las asesorías, no es tal solución


En Hacienda no son tontos tampoco y estas cifras las conocen perfectamente, por lo que la solución final para la mayoría de las empresas, pasa por apoderar a su asesor para que reciba las notificaciones de Hacienda en su nombre. Y aquí es dónde se le traspasa la responsabilidad de las notificaciones a la persona que las recibe.

El caso es sencillo. Mi asesor me recibe las notificaciones telemáticas de la Agencia Tributaria pero yo, como HEMPRESARIO Y HEMPRENDEDOR” made in Spain, me paso todas las notificaciones de Hacienda allá por donde amargan los pepinos. No contesto en tiempo y forma, no aporto la documentación o directamente culpo al asesor de todas las cartas que me lleguen. Evidentemente, la responsabilidad de no respuesta, incomparecencia o falta de notificación cae por su peso y la mayoría de los asesores no están por la labor de firmar notificaciones de terceros.

La tesitura es realmente complicada para muchas empresas y el desconocimiento en las relaciones con Hacienda e internet es mucho más elevado de lo que nos parece. Quizá, a los lectores del blog, todo esto les parezca una tontería, dado que vuestros perfiles, afortunadamente tienen una alta cualificación tecnológica pero basta con que miremos alrededor, en la economía y empresa 1.0. Ahí tenemos al fontanero, al hostelero, al comercial, al empresario con 60 años y sin organización administrativa que no sabe siquiera definir internet o firma electrónica. Y éste empresario titular de una sociedad, tiene que cumplir con todo esto a partir del 1 de enero. Evidentemente, es un despropósito que pasará factura a muchas a empresas.

Imagen | Esparta

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Comentarios

  • 1

    Avatar de CharliBrawn !

    Remo creo que tienes razón... son demasiadas las empresas que no están preparadas para este avance...

    Por otra parte ya está bien de justificaciones... esto puede ser un incentivo para que el personal se ponga las pilas y empiece a actualizarse, que tampoco es tan difícil.

    Un saludo y gracias por el post.

  • 2

    Avatar de Fran Carreira !

    La única solución que podrían tener los asesores que recibiesen las notificaciones, es no acusar el recibo hasta que viniese el cliente, de tal forma que no adquiriesen más responsabilidad que la de un cartero que te lleva una carta certificada. Que el asesor sólo pudiese avisar al cliente, y que esos correos sólo pudiesen ser abiertos por el cliente por medio de una clave. De otro modo, como bien apuntas, a ver que asesor en su sano juicio asumiría esa responsabilidad.

  • Respondiendo a #2:
  • 3

    Avatar de Remo !

    Ese mecanismo es imposible Fran, ten presente que una vez accedes a la notificación firmas y aceptas o firmas y rechazas

    En el caso de rebote, por no recogida en plazo el responsable tb será el asesor

    Charli, ok, pero hay que establecer mecanismos graduales y formar a la gente. Conozco muchos casos que se piensan que la firma electrónica es un boli electrónico vamos

  • Respondiendo a #2:
  • 5

    Avatar de mare !

    Eso es lo primero que he pensado yo, pero trabajar así es inviable en la práctica, una pérdida de tiempo en teléfono, y adecuar tu trabajo a la disposición del cliente....

    No sé, yo no lo veo... pero a las asesorías nos va a caer una bien gorda. Porque ¿cómo reflejas por escrito el límite de tu responsabilidad como asesor? No se puede estar a capricho del cliente : hoy quiero que me des por recibida ésta, mañana no ¿y tú le haces firmar un documento por cada una?

    Estos gobernantes son una vergüenza

  • 4

    Avatar de CharliBrawn !

    Remo entiendo que los asesores deberíamos empezar a preocuparnos de que todas las empresas vayan sacándose el certificado digital...

  • Respondiendo a #4:
  • 6

    Avatar de Remo !

    Desde luego, lo que no es de recibo es trasladar la responsabilidad al representante voluntario, en este caso el asesor.

    Lo ideal? Culturizar a las empresas en las nuevas tecnologías para ellas solitas se busquen la vida con la firma de las notificaciones. La seguridad jurídica de esta medida es muy discutible, sin tener en cuenta que partimos de unas infraestructuras que ni siquiera son derecho universal, por lo que una empresa no tiene porqué contar con un PC, aunque nos parezca de lo más extraño

    Por otra parte, en el tema de los apoderamientos, la propia AEAT no se entera siquiera cómo funciona, ni los requisitos necesarios de acreditación por parte de los administradores, ni sobre la legitimación de la firma mediante poder notarial. Basta con que te pases por una delegación pequeña para comprobarlo

    Mare, ese sistema no es viable, porque cd existe apoderamiento, el NIF que se ve en la notificación es el del apoderado, no el del titular principal. Es decir, las notificaciones son como los kinder sorpresa, hasta que no las firmas y las lees no sabes a quién pertenecen

  • Respondiendo a #6:
  • 7

    Avatar de mare !

    Sí, pero en caso de irregularidades, a menudo sabemos por donde pueden venir esas notificaciones...

  • 8

    interesante

    Avatar de RBUJAN !

    Qué ocurriría si tuvieras el apoderamiento de 100 clientes. ¿Se convierten las asesorías en estafetas de correos? Es totalmente inviable ceder el apoderamiento a la asesoría.

  • 9

    Avatar de setzer !
    setzer | 1 estrellas

    Viendo esta mañana el tema, desprendo que una empresa que apodere a la asesoría para recibir notificaciones, no necesita activar la D.E.U., ya que las notificaciones las recibiría el apoderado.

    Con ello se evitaría sacar el certificado digital y activar la D.E.U.

    no se... quizas le haya dado muchas vueltas ya y me este liando... :)

    -- editado por última vez a las 13:35

  • Respondiendo a #9:
  • 10

    Avatar de Remo !

    Es así vamos. Es decir, la empresa que apodere a la asesoría no necesita nada más pero entonces estamos en el segundo caso y la asesoría sería la que tendría que lidiar con las notificaciones, sin entrar dentro de su cometido

  • 11

    interesante

    Avatar de mare !

    A día de hoy las últimas novedades de la AEAT en reuniones que están celebrando con diversas Asociaciones y Colegios de profesionales a este respecto son que:

    -El sistema entra en vigor el 1 de enero y no hay marcha atrás.

    -Hasta que el contribuyente no reciba notificación por escrito de su inclusión no hay problema.

    -Se habilitará la posibilidad de asociar un teléfono móvil a la DEH para que el contribuyente reciba aviso mediante SMS de que en su buzón tiene una notificación. (esto interesa también a los profesionales apoderados, ya que el cliente se da por enterado sí o sí)

    -La AEAT prevé empezar a enviar notificaciones de obligatoriedad a partir del primer trimestre 2011 a todos los contribuyentes que tengan más de 20 notificaciones/año. Después lo harán con las que tengan 4 y a continuación el resto.

    -Se compromete a realizar sesiones informativas en sus delegaciones de cara a empresas y profesionales ....(ya veremos)

    -Por último, la mayoría de colectivos, colegios, o asociaciones, recomiendan en la medida que se pueda NO optar por la fórmula del apoderamiento para los asesores, para evitar problemas de futuro.

    Si fuese tan fácil...

    Me ha parecido interesante compartir esta información con todos, a fin de que poco a poco estemos más al tanto de las novedades de este sistema que nos traerá muchos quebraderos de cabeza a las asesorías.

    Saludos

    -- editado por última vez a las 16:11

  • Respondiendo a #11:
  • 12

    Avatar de CharliBrawn !

    Gracias Mare por la información. Interesante.

  • Respondiendo a #11:
  • 13

    Avatar de Remo !

    Gracias Mare por estas notas ;-)

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