¿Se hacen nóminas si se paga por semanas o quincenas?

¿Se hacen nóminas si se paga por semanas o quincenas?
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Nos ha llegado una consulta interesante sobre los documentos que se tienen que confeccionar si en lugar de pagar a las nóminas por meses, se realizan pagos semanales o quincenales a los trabajadores. La nómina como tal, es el recibo justificativo de pago de salarios y debe abarcar periodos mensuales como norma general.

Existen una serie de excepciones a esta norma de periodo mensual que son las siguientes: * Alta o baja en la empresa en el transcurso de un mes. * Nóminas de atrasos o pagas extras, que cubrirán periodos más amplios. * Nóminas con periodos inferiores al mes siempre y cuando haya cambios contractuales que obliguen a aplicar distintos pagos salariales o variación de retenciones, como son la conversión a contrato indefinido de un contrato temporal. En el caso de que no nos encontremos en alguna de las circunstancias anteriores, la nómina como tal, es un recibo mensual por lo que si se realizan pagos semanales, estos pagos tienen la consideración de anticipos de nómina.

En este supuesto, el recibo de anticipo es válido cualquier documento que conste la cantidad que percibe el trabajador en concepto de anticipo y al mes que se aplica dicha cantidad. En el caso de que este anticipo se abone por transferencia bancaria, no es necesaria siquiera la firma del trabajador.

Por último, un tópico muy extendido en el mundo laboral está relacionado con la firma de la nómina. Cuando un trabajador firma una nómina sólo presta conformidad con que recibe la cantidad reflejada en el documento, pero no significa que preste conformidad con la liquidación practicada.

En muchos supuestos, los trabajadores se muestran reacios a firmar una nómina, bien porque faltan conceptos o bien porque no están de acuerdo con el importe. Esta firma sólo significa que se cobra realmente la cantidad que se expresa como líquido a percibir y se puede articular reclamación contra las cantidades incluidas en la nómina si no se está conforme con el total de percepciones que se hayan considerado.

Más Información | Orden del 27/12/1994 que establece el modelo del recibo justificativo de pago de salarios En Pymes y Autónomos | Nóminas+ Imagen | ArchiM

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