Las empresas deberán paralizar su actividad en caso de riesgo grave de contagio por coronavirus

Las empresas deberán paralizar su actividad en caso de riesgo grave de contagio por coronavirus
Sin comentarios

El Ministerio de Trabajo ha creado una guía (PDF) para que empresas y empleados sepan como actuar por el SARS-CoV-2. El objetivo es aportar la información necesaria en materia de normativa laboral para afrontar diferentes situaciones provocadas por el virus y en ella recomienda a las empresas paralizar su actividad en caso de riesgo grave de contagio por coronavirus.

Pero antes de llegar a este extremo Trabajo conmina a las empresas a tomar medidas preventivas y organizativas que de forma temporal eviten situaciones de contacto social sin necesidad de paralizar la actividad. Se está hablando mucho sobre teletrabajo, pero también hay muchas reuniones y viajes que se podrían evitar con el uso de las videoconferencias.

Pero también hay que tener en cuenta las medidas de prevención de riesgos laborales, que además de las inherentes a su actividad se pueden ver complementadas por aquellas medidas de salud pública que en cada momento sean aconsejadas o prescritas por el Ministerio de Sanidad en función del nivel de alerta pública (medidas higiénicas, de comportamiento, limpieza, etc).

Las empresas pueden:

  • Organizar el trabajo para reducir el número de trabajadores expuestas.
  • Adoptar medidas para las personas especialmente sensibles
  • Poner a disposición de sus trabajadores material higiénico necesario y reforzar los protocolos de limpieza.

También pone sobre la mesa la posibilidad de suspender su actividad de forma total o parcial por escasez o falta de aprovisionamiento. También cabe la posibilidad de que sea debido a una disminución de la demanda o un exceso de productos fabricados. En este sentido

se entiende como fuerza mayor, a efectos de la regulación temporal de empleo, con carácter general, aquella generada por hechos o acontecimientos involuntarios, imprevisibles, externos al círculo de la empresa y que imposibilitan la actividad laboral

En caso de que la empresa suspendiese total o parcialmente su actividad sin tramitar el expediente de regulación de empleo, los trabajadores conservarán su derecho al salario. En todo caso no está de más tener diversos escenarios previstos por si se tiene que actuar según alguno de ellos.

Imagen | whitesession

Temas
Comentarios cerrados
Inicio