Directiva whistleblowing, qué es y cómo impactará en las relaciones laborales de la empresa a corto plazo

Directiva whistleblowing, qué es y cómo impactará en las relaciones laborales de la empresa a corto plazo
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Desde la Unión Europea muchas veces nos imponen la adaptación o transposición de legislación europea a la legislación española en diferentes ámbitos, también en el laboral. Y eso es lo que ocurre con la directiva whistleblowing, vamos a ver qué es y cómo impactará en las relaciones laborales de la empresa a corto plazo.

Porque es algo que debería haber estado en marcha a finales de 2021 para empresas de más de 250 trabajadores, y existe un segundo plazo para empresas que tienen entre 50 y 250 empleados que deben poner en marcha el mecanismo antes de diciembre de 2023. Por eso el Consejo de Ministros del pasado 4 de marzo de 2022 aprobó el Anteproyecto de Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Y cuidado que también tendrá impacto en la Administración Pública.

¿Qué es la directiva Whistleblowing?

Se trata de la Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión Europea. Dicha directiva impone a los Estados Miembros el establecimiento, en el seno de las empresas (y de las administraciones públicas), de canales de denuncia efectivos, confidenciales y seguros, así como la adopción de medidas de protección de los denunciantes que utilicen esos canales internos, frente a posibles represalias de su empresa o de sus superiores.

Dicho de otro modo, un mecanismo de denuncias que proteja al trabajador que efectúa la misma. Se trata de un canal de denuncias interno para que la empresa sepa que están ocurriendo determinadas irregularidades y pueda actuar en consecuencia. Todavía queda trámite parlamentario para la aprobación definitiva, pero ya se pueden extraer alguna conclusiones de su puesta en marcha.

¿Qué tipo de cuestiones se pueden denunciar?

Cómo mínimo la directiva europea impone que se habiliten canales de denuncia para cuestiones como contratación pública, servicios financieros, seguridad de los productos, de los alimentos y del transporte, protección del medio ambiente, sanidad animal, seguridad nuclear, salud pública, protección de los consumidores, privacidad y protección de datos, competencia, mercado interior o intereses financieros de la Unión. Los estados miembros pueden ampliar dichas cuestiones para dotar de mayor capacidad de denuncia.

También hace referencia al menoscabo del interés general, que se entiende específicamente como fraude a la Hacienda pública. Respecto al objetivo del anteproyecto, estará vigente en el plazo de 3 meses desde la entrada en vigor de la Ley y será aplicable a las empresas con un mínimo de 250 empleados. A partir del 1 de enero de 2023 la ley aplicará también a las empresas con una plantilla de entre 50 y 249 trabajadores.

Las empresas tendrán que habilitar los canales de acuerdo con los representantes de los trabajadores. Informar de forma clara de su puesta en marcha. Las empresas tendrán tres meses para investigar las denuncias que lleguen que deben ser registradas. En este sentido, las denuncias verbales deberán ser grabadas.

También se prohíbe toda represalia al informante. Esta es una cuestión clave para que el canal funcione correctamente. En este sentido, si el informante acredita que ha cursado una comunicación de las previstas en la Ley y que ha sufrido un perjuicio, se presume la existencia de una represalia y la empresa deberá acreditar que la medida impugnada se basó en motivos debidamente justificados y ajenos a la comunicación en cuestión.

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