Aprobado el nuevo reglamento de facturación

Aprobado el nuevo reglamento de facturación
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El pasado día 1 de diciembre se publicó en el BOE el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Con este nuevo texto se contribuye a la armonización de las normas de facturación para toda la UE. La nueva normativa entrará en vigor el 1 de enero de 2013.

Son varias las novedades que contiene este nuevo reglamento. Por un lado, se establece que no se exigirá la obligación de emitir facturas en los para determinadas prestaciones de servicios financieros y de seguros, salvo cuando dichas operaciones se entiendan realizadas en el territorio de aplicación del Impuesto, o en otro Estado miembro de la Unión Europea, y estén sujetas y no exentas.

Además se establece un sistema armonizado de facturación para los pequeños y medianos empresarios, así como de los profesionales. Se establece un sistema de facturación basado en dos tipos de facturas: la factura completa u ordinaria y la factura simplificada, que sustituye a los denominados tickets.

Las facturas simplificadas tendrán un contenido más reducido que las facturas ordinarias y, salvo algunas excepciones, podrán expedirse, a elección del que las expide, cuando su importe no exceda de 400 euros (IVA incluido) o cuando se trate de facturas rectificativas.

En el caso de que el emisor esté autorizado a la expedición de tickets en sustitución de facturas el importe máximo para emitir facturas simplificadas no podrá exceder de 3.000 euros (IVA incluido).

También se establece una nueva definición de factura electrónica, que será aquella factura que, cumpliendo los requisitos establecidos en el propio Reglamento, haya sido expedida y recibida en formato electrónico.

También se regula que las facturas en papel o electrónicas deben reflejar la realidad de las operaciones que documentan y corresponderá a los sujetos pasivos garantizar esta certidumbre durante toda su vigencia, sin que esta exigencia pueda suponer la imposición de nuevas cargas administrativas a los empresarios o profesionales.

En próximos post desarrollaremos todas estas novedades en profundidad para aclarar los términos en los que, a partir de ahora, se deben regir los empresarios, profesionales y empresas en este tema.

En Pymes y Autónomos | Los datos que deben contener las facturas
Imagen | JuanJaén

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