Abierto el plazo para comunicar los conceptos retributivos abonados a los trabajadores

Abierto el plazo para comunicar los conceptos retributivos abonados a los trabajadores
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El 13 de marzo de 2014 se ha abierto el plazo para comunicar a la Seguridad Social los conceptos retributivos abonados a los trabajadores, atendiendo a la nueva obligación introducida por el Real Decreto-Ley 16/2013. Hasta final de mes, se informará sobre las retribuciones devengadas desde el pasado 22 de diciembre de 2013 hasta el 28 de febrero del presente año. A partir del mes de abril inclusive, se comunicarán tan solo los correspondientes a las percepciones abonadas a los trabajadores en el mes anterior.

La entrada en vigor del Real Decreto ha supuesto un incremento en el nivel de información exigido a las empresas con respecto a los salarios que abonan. Cada mes deberá remitirse a la Seguridad Social el importe de las bases de cotización junto con el detalle de todos los conceptos retributivos que contienen, bien sean en metálico o en especie. Se indicarán también los conceptos que no estén incluidos en la base.

Esta nueva obligación incluye a toda empresa inscrita en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social con trabajadores por cuenta ajena o asimilados a éstos. Tan solo se excluyen los que tengan asalariados incluidos en el sistema especial para empleados de hogar del Régimen General y los que den empleo a profesionales taurinos.

Si el concepto estuviera prorrateado se indicará de manera explícita, como puede ocurrir con el abono de las pagas extraordinarias, o con las retribuciones de vencimiento superior al mensual: incentivos, complementos de productividad, cumplimiento de objetivos... No se incluirán los pagos delegados de Incapacidad Temporal ni las situaciones en las que no exista retribución, como la maternidad, paternidad o suspensión de contrato.

La información se suministrará mediante e envío de un nuevo fichero CRA (Conceptos Retributivos Abonados) que cada empresa enviará por cada una de sus cuentas de cotización mediante el sistema RED. La estructura del mensaje permitirá la inclusión en un solo envío de los datos de trabajadores de diferentes empresas, en distintos códigos de cuenta de cotización de una empresa, y de diversos trabajadores por cada código de cuenta de cotización.

En Pymes y Autónomos | Nuevos conceptos computables en la base de cotización de los asalariados Imagen | Seguridad Social

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