Hacienda no puede exigir las retenciones si se ha liquidado el impuesto

Hacienda no puede exigir las retenciones si se ha liquidado el impuesto
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Ha salido una resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) de un alcance muy importante en referencia a las retenciones incorrectamente practicadas por las empresas frente algunos tributos, como por ejemplo el IRPF

Hasta ahora, cuando se practicaban retenciones de manera incorrecta, por menor importe normalmente y la AEAT detectaba este caso, procedía a regularizar el importe que había que retener, independientemente si el retenido había liquidado el impuesto o no. Pues bien esto ha cambiado y mucho.

A partir de ahora, si el retenido ya ha liquidado el impuesto en cuestión, la AEAT no puede regularizar el importe de las retenciones practicadas incorrectamente, dado que se considera un enriquecimiento injusto por parte de Hacienda. Si seguirá cobrando las oportunas sanciones e intereses de demora pero no el importe que se haya dejado de ingresar, y que ya habrá pagado el contribuyente.

Ejemplo práctico. Supongamos que tengo un trabajador cuyo porcentaje correcto de retenciones es del 5%, pero en la empresa le hemos practicado un 2%. Este trabajador realiza su declaración de la renta y liquida su impuesto. Pasado un tiempo, por algún motivo, le comprueban la renta al trabajador o a nuestra empresa nos hacen una comprobación de las retenciones practicadas.

Como no hemos aplicado el porcentaje correcto, hacienda va a intentar liquidarnos ese 3% de diferencia en retenciones que nosotros no hemos llevado a cabo, pero ya no existe la obligación de pagarlas puesto que el trabajador ha liquidado su declaración de la renta.

Por otra parte, si nos pueden liquidar los oportunos intereses de demora por los plazos transcurridos desde la fecha que teníamos que haber realizado el ingreso de las retenciones hasta la fecha que el trabajador liquidó su impuesto, así como abrir el oportuno expediente sancionador por no haber aplicado correctamente el reglamento del IRPF.

Más Información | TEAC Resolución 00/3654/2006 de 03/04/2008
Imagen | Kit – K2th
En Pymes y Autónomos | Programa de ayuda para el cálculo de retenciones en el 2009

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