Descubre todas las novedades del Impuesto de Sociedades que afectan a tu negocio en 2024: aprovecha las rebajas fiscales y paga menos

Descubre todas las novedades del Impuesto de Sociedades que afectan a tu negocio en 2024: aprovecha las rebajas fiscales y paga menos
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El Impuesto de Sociedades es muy conocido entre todos aquellos autónomos que hayan creado una sociedad limitada o anónima. Los negocios, que presentarán el IS correspondiente a 2023 antes del 25 de julio, este año podrán disfrutar de nuevas deducciones y ventajas fiscales que vamos a repasar.

Quiénes están obligados a presentar el Impuesto de Sociedades

Por norma general, el hecho de tener personalidad jurídica, con derechos y obligaciones, ya indica que debes hacer frente a este impuesto porque grava la obtención de rentas por parte de las personas jurídicas.

Entonces, son entidades con personalidad jurídica y obligadas a pagar el Impuesto sobre Sociedades, las siguientes:

  • Sociedades: anónimas, de responsabilidad limitada, laborales, colectivas, etc.
  • Sociedades estatales, autonómicas y también las de carácter provincial y local.
  • Sociedades cooperativas y sociedades agrarias de transformación.
  • Sociedades de tipo unipersonal.
  • Asociaciones, fundaciones e instituciones de todo tipo, sin importar si son públicas o privadas. Cuentan con una exención parcial respecto a este impuesto, pero tienen la obligación de presentar la declaración para informar de las rentas que han obtenido.
  • Entes públicos: Administración del Estado, de las comunidades autónomas, de las corporaciones locales, organismos autónomos, etc. Gozan de una exención total y no están obligados a presentar la declaración.

Deducciones que puedes aplicar si tienes un negocio al presentar el IS

En 2024 encontramos novedades entre las posibles deducciones que puedes aplicar al presentar el Impuesto de Sociedades, por ejemplo, la rebaja del 25% al 23% del tipo nominal en el IS para todos los negocios con un importe neto inferior al millón de euros. Otra rebaja fiscal afecta a los negocios de reciente creación y los emergentes.

Pero existen otras muchas deducciones que por desconocimiento o porque implican dificultad, no se disfrutan por parte de algunas pequeñas sociedades.

Y como es importante conocer si se cumplen los requisitos y beneficiarse de ellas, una vez obtenida esa información una posibilidad puede ser contar con los servicios de una gestoría. Veamos más deducciones y sus características:

Deducción por contratación de empleados con discapacidad

Si contratas a un empleado con discapacidad puedes deducir de la cuota íntegra diversas cantidades dependiendo del grado de discapacidad de la persona contratada.

  • Serían 9.000 euros por incrementar la plantilla de trabajadores en relación al período anterior, con trabajadores con diversidad funcional en un grado igual o superior al 33% e inferior al 65%.
  • 12.000 euros por incrementar la plantilla de trabajadores, frente al período anterior, con trabajadores con diversidad funcional en un grado igual o superior al 65%.

Amortización en inversiones de energías renovables

Esta deducción es una de las novedades de este 2024 relacionada con el Impuesto de Sociedades. Este beneficio fiscal será para los negocios que inviertan en instalaciones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica o de uso térmico de fuentes renovables. Podrán aplicar la libertad de amortización por una cuantía de hasta 500.000 euros.

Deducción por la contratación de desempleados de larga duración

Los negocios con una plantilla inferior a 50 trabajadores y que contraten por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores con desempleados de larga duración, podrán deducir de la cuota el 50% del menor de los importes que vemos a continuación:

  • El importe de la prestación por desempleo que el empleado tuviera pendiente al momento de iniciar la relación laboral.
  • El importe correspondiente a doce mensualidades del paro reconocido.

Un requisito es que el trabajador contratado haya percibido la prestación por desempleo durante, al menos, tres meses previos a la contratación, y la relación laboral deberá ser de un mínimo de tres años.

Deducción por libre amortización en función del incremento de la plantilla media

Esta deducción es interesante para las pequeñas empresas y sirve para incentivar la creación de empleo. Los negocios que hayan incrementado  su plantilla media de trabajadores, por cada persona contratada, podrán amortizar libremente los activos nuevos adquiridos hasta una cuantía de 120.000 euros.

Cuentas con varias opciones para obtener ventajas fiscales al presentar el Impuesto de Sociedades, que ser un pequeño negocio, una pequeña sociedad, no te impida beneficiarte de estas rebajas.

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