Cómo evitar que te embarguen tu vivienda habitual si eres autónomo y tienes deudas

Cómo evitar que te embarguen tu vivienda habitual si eres autónomo y tienes deudas
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En un momento como el actual donde la incertidumbre es la norma muchas empresas sigue luchando para salir adelante. En muchos casos, esto provoca no solo el cierre de la empresa, puesto que en el caso de los trabajadores por cuenta propia responden de las deudas de su actividad con la totalidad de sus bienes presentes y futuros. Entonces, ¿cómo evitar que te embarguen tus bienes si eres autónomo y tienes deudas?

Lo ideal siempre es intentar negociar un sistema de pagos con los acreedores. Pero a veces la situación es tan mala que ni siquiera eso funciona. Y puede darse el caso que tras la oportuna reclamación judicial se acabe en el embargo. 

Lo habitual es empezar embargando el dinero que hay en las cuentas corrientes o instrumentos financieros que tenemos. Lo normal es que haya número rojos en estas cuentas por lo que se pasa a bienes muebles, como vehículos o incluso la casa. 

¿Cómo evitar el embargo de bienes como la casa?

El procedimiento para evitar que un problema financiero en la empresa afecte a nuestro patrimonio personal es sencillo. Se trata de la figura del emprendedor de responsabilidad limitada, a la que podrán acogerse los autónomos independientemente del tipo de actividad que realicen. 

Es un trámite sencillo, pero que tiene unos costes y unas obligaciones. 

  • El autónomo debe acudir al notario y  manifestar su voluntad de adquirir esta condición, indicando la  actividad que va a ejercer y su vivienda habitual, que será la que quede  excluida en caso de deudas con terceros.
  • Debe completar una instancia y  presentarla en el Registro Mercantil. Además, se inscribirá en el  Registro de la Propiedad la vivienda habitual como perteneciente a un  emprendedor de responsabilidad limitada.
  • Dentro de sus obligaciones, deberá someter a auditoría sus cuentas anuales y depositarlas en el Registro Mercantil. 

Ojo, porque esto implica que si  además de la vivienda habitual tenemos una casa en la playa o un local en propiedad donde ejercemos la actividad económica, estos bienes si son susceptibles de embargo. 

La responsabilidad limitada es una de las razones por la que en muchos casos los emprendedores prefieren constituir una Sociedad Limitada a ser solo autónomos. Pero incluso en estos casos, si somos administradores podemos ver como determinadas deudas nos las embargan de nuestro patrimonio, como son las generadas con la Seguridad Social o Hacienda. 

Imagen | Tumisu en Pixabay

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