Intereses del 8,75% para empresas y administraciones morosas

Intereses del 8,75% para empresas y administraciones morosas
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Una nueva directiva de la UE obligará a las administraciones y a las empresas que incumplan la Ley contra la Morodidad a pagar unos intereses del 8,75% a partir del primer día de retraso.

Esta medida se aplicará a partir del próximo 17 de marzo de 2013 y obligará a añadir los intereses que se devenguen al importe de las facturas pendientes de pago.

Esta medida pretende que no salga rentable incumplir la Ley y supondrá que las Administraciones que no cumplan con el periodo de pago de treinta días deberán abonar a sus proveedores los intereses correspondientes.

A pesar de la buena intención de ésta hay que ver cómo se aplica. El efecto disuasorio sí puede notarse en el caso de las empresas morosas, que ponen en juego su propio dinero y a las que les saldrá muy caro el no pagar en plazo. Sin embargo habrá que ver si los responsables de las Administraciones Públicas están dispuestos a cumplir los plazos, a fin de cuentas ellos no manejan su propio dinero sino el de todos y a lo mejor les da igual pagar ese 8,75% más.

Por otro lado si el procedimiento a seguir supone que sea el proveedor el que tenga que reclamar ese 8,75% no estoy muy seguro que muchos proveedores requieran el pago de esos intereses y arriesgarse a que las Administraciones les cierren las puertas para otras operaciones. La directiva impone el pago automático de ese recargo pero veremos si el moroso lo cumple.

Hay una gran batería de medidas que pretenden luchar contra la lacra de la morosidad y sus devastadores efectos sobre la actividad económica. Algunas han dado resultado pero el problema sigue sin resolverse, veremos el impacto de ésta una vez que se ponga en marcha.

En Pymes y Autónomos | La morosidad de las Administraciones: nuevas deudas, viejos hábitos
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