La Unión Europea ya ha advertido a España sobre los peligros de incumplir con el IVA franquiciado. Desde hace meses, estamos fuera de plazo

La Unión Europea ya ha advertido a España sobre los peligros de incumplir con el IVA franquiciado. Desde hace meses, estamos fuera de plazo
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España vuelve a enfrentarse a un procedimiento de infracción por parte de la Comisión Europea. Esta vez, el motivo es relevante, pero poco novedoso: el retraso en la transposición de la Directiva (UE) 2020/285, que establece un régimen especial de franquicia del IVA para pymes en operaciones internacionales (que no afecta a operaciones nacionales, como erróneamente informaron varios medios a finales del año pasado).

Su aplicación, que se confirmó en la mayoría de los países de la UE, debería haber llegado a España antes del 31 de diciembre de 2024, pero no fue así. A comienzos de este año, Bruselas dio un plazo adicional en febrero para que España adaptara su legislación. Ese plazo ya ha vencido sin cambios, lo que abre la puerta a sanciones económicas si el incumplimiento persiste.

Qué dice la Directiva 2020/285

El regimen de IVA franquiciado permitirá a los autónomos y pymes con una facturación anual inferior a 85.000 euros poder eximir la aplicación del IVA en sus facturas y también de presentar declaraciones periódicas de este impuesto.

El objetivo es aliviar la carga administrativa de las pequeñas empresas de toda la Unión, permitiendo que queden fuera del sistema del IVA cuando no superan un volumen de negocio determinado. Esta franquicia es opcional para los Estados miembros, pero una vez adoptada en el ordenamiento interno, debe respetar las condiciones marcadas por Bruselas.

¿A quién afecta?

La medida tiene especial impacto en los autónomos y pequeñas empresas que prestan servicios a clientes empresariales en otros países de la UE (operaciones B2B).

Según la normativa comunitaria, estas exportaciones están sujetas a inversión del sujeto pasivo, lo que implica una obligación de declarar el IVA aunque no se repercuta en factura. Sin embargo, en el marco del nuevo régimen de franquicia, estos profesionales deberían poder quedar exentos de declarar o aplicar el impuesto, si se cumplen las condiciones.

En España, al no haberse aprobado aún un marco legal completo (un problema que trae cola desde 2023), los autónomos están quedando en una especie de limbo fiscal: sin aplicar el IVA, pero sin respaldo normativo claro. Esto puede derivar en inspecciones, devoluciones o incluso problemas con la administración tributaria de otros países de la UE.

A comienzos de esta semana, según fuentes próximas al Ministerio de Hacienda se aclaraban problemas de gestión parlamentaria en el Congreso, que seguirían bloqueando las modificaciones.

Bloqueo, a la europea

A principios de febrero de 2025, la Comisión Europea abrió dos expedientes a España por no haber adoptado las medidas relacionadas con el IVA. En concreto, la trasposición de la directiva 2020/285, con la que se implantaría el sistema de franquicias para liberar de este impuesto a miles de autónomos, así como un segundo expediente por la no comunicación de la trasposición de los tipos del IVA, que debería haber sido aplicada en las legislaciones antes de finales de 2024.

De este modo, la UE inició formalmente el expediente contra España y otros países a finales de 2023, pero el último aviso se produjo en febrero de 2025, con un plazo de un mes para adaptarse. Al no haberse cumplido este requerimiento, la Comisión podría avanzar al siguiente paso: remitir un dictamen motivado y, si no hay respuesta, llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

La situación se enmarca en una serie de retrasos habituales en la transposición de directivas por parte de España. Ya ocurrió con otras normas comunitarias, como las vinculadas a los fondos europeos Next Generation (sin infracciones, pero con varios avisos para su ejecución), y en varios casos Bruselas ha tenido que intervenir directamente. En el caso del IVA franquiciado, la falta de adecuación no solo compromete la seguridad jurídica, sino que impide que las pymes españolas se beneficien de las mismas ventajas fiscales que ya existen en otros países europeos.

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