La decisión de mantener sin cambios las cuotas de los trabajadores por cuenta propia durante este ejercicio parecía haber zanjado el debate sobre posibles incrementos.
Sin embargo, una parte relevante del colectivo sí verá cómo su aportación a la Seguridad Social aumenta de forma notable.
El origen no está en una medida reciente, sino en un acuerdo previo que ahora comienza a desplegar sus efectos. Y claro, toca sufrirlos.
Qué perfiles se verán afectados por el incremento
El ajuste no impacta de forma generalizada a todos los autónomos, sino que se concentra en tres grupos muy concretos.
Por un lado, los autónomos societarios, es decir, aquellos que desarrollan su actividad a través de una sociedad mercantil. Por otro, los familiares colaboradores, habituales en pequeños negocios donde trabajan cónyuges o parientes directos.
Finalmente, también entran en este escenario quienes no comunican sus rendimientos reales. En conjunto, este segmento representa cerca de un tercio del total de afiliados al RETA.
En España hay alrededor de 3,4 millones de trabajadores por cuenta propia, de los cuales más de un millón encajan en estas categorías.
Cuánto sube la base y qué impacto tiene en la cuota
El cambio clave está en la base mínima de cotización. Hasta ahora, muchos de estos profesionales venían cotizando sobre una base cercana a los 1.000 euros mensuales.
Con la nueva referencia, esa base pasa a situarse en torno a los 1.424 euros, lo que supone un incremento aproximado del 42%.
Traducido a la cuota mensual, esto implica un aumento que puede alcanzar los 135 euros para quienes cotizan por la base mínima.
En los casos en los que la base ya era superior, el impacto será menor, pero igualmente apreciable en términos de esfuerzo económico claro está.
Cuándo se aplicará realmente el aumento
Uno de los aspectos que más dudas está generando es el momento en el que este ajuste se hará efectivo en el bolsillo de los autónomos. Aunque la normativa fija este cambio para 2026, no todos tendrán que abonar de inmediato la diferencia.
El sistema permite seguir pagando la cuota actual durante el ejercicio, pero será en la regularización posterior cuando se ajuste la situación.
En concreto, a partir de 2028, cuando se revisen los datos correspondientes a 2026, se deberá compensar la diferencia acumulada si se ha cotizado por debajo de la base exigida.
Por qué se produce esta subida pese a la congelación
La aparente contradicción entre la congelación de cuotas y este incremento tiene una explicación normativa.
La reforma del sistema de cotización aprobada en 2022 del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio ya contemplaba que, a partir de 2026, determinados perfiles no podrían tener una base inferior a la mínima del Régimen General.
Esto responde al objetivo de equiparar progresivamente las cotizaciones con los ingresos reales y reducir diferencias entre distintos tipos de trabajadores.
En este caso, se busca evitar que ciertos autónomos mantengan bases más bajas que las de asalariados con condiciones similares.
La polémica, de nuevo, está servida
La medida no ha estado exenta de críticas. Desde organizaciones como ATA se reclama una revisión de este tratamiento diferencial, argumentando que introduce una desigualdad dentro del propio colectivo de autónomos.
Además, han solicitado que se corrija esta situación con efectos retroactivos desde comienzos de año.
Por su parte, la Seguridad Social defiende que se trata de una aplicación directa de la normativa vigente, pactada en su momento con agentes sociales y aprobada en sede parlamentaria.
Según el organismo, el marco legal es claro y no ha sido objeto de impugnaciones hasta la fecha.
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