¿Ser denunciante profesional tiene futuro?

¿Ser denunciante profesional tiene futuro?
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HOY SE HABLA DE

El otro día, creo que fue un domingo, acabé tarde ver la televisión. Cuando la iba desconectar hice un último barrido por los canales. Y me quede enganchado donde menos me lo esperaba, creo recordar que se llamaba Mientras duermes, en Siete. Se trataba de una reposición, por lo que ya tenía sus años. El caso es que al verlo me hizo preguntarme si ser denunciante profesional tiene futuro.

Los que conozcan este programa se extrañarán, pues es un programa especializado en recorrer la geografía española con las múltiples actividades que se pueden hacer a lo largo de la noche, con mucho componente lúdico y de desmadre. Pero tuve suerte y encontré una joya, que quiero compartir en un blog dedicado a los emprendedores, a ver si somos capaces de impulsar un ¿nuevo? concepto de negocio ¿De qué estoy hablando?

Al negocio por la denuncia

Noche cerrada en una capital turística española. El cámara está grabando a un hombre con un mono de trabajo, un casco tipo minero y una rasqueta en la mano. Esta colocado bajo una farola, lo que dice que es ideal, pues al estar encendida le faculta su trabajo. ¿Y en qué consiste el trabajo de este hombre?

Pues en arrancar la publicidad que esta pegada en las farolas a golpe de rasqueta. En un primer momento parece contarnos el tema de la mala imagen que se da, de que esto no son formas, etc. casí dan ganas de montar una ONG solidaria con él, y cantar aquel clásico del barco de Chanquete no nos moverán. Pero solo por un momento.

Y es que antes de arrancar el anuncio, el hombre se echa hacia atrás, saca una cámara, y le hace una foto al anuncio al que le quedan dos telediarios. ¿Acaso es una suerte de trofeo del cazador? No, es mucho más divertido.

Dice que hace la foto con la intención de denunciar al anunciante (es más, indica las elevadas cuantías que le puede suponer). Ahora bien, antes se pone en contacto con él, ofreciéndole una alternativa mucho más ecológica, limpia, y sobre todo rentable para ambos: anunciarse (pagando) en un periódico que edita, que cuenta también con edición online.

¿Y la ley qué dice de esto?

La verdad es que en el video había muchos sobreentendidos. Yo no digo que él lo haga, pero supongamos que lo que esta haciendo es decirle al anunciante que, o pone publicidad en su medio o le mete una denuncia ante el ayuntamiento que le deja temblando. ¿Es esto moral? Para mi sin duda (me remito a Walter Block, y su Defendiendo lo indefendible). ¿Es esto legal? Pues en España ya no lo tengo tan claro, veamos el 177.1 del Código Penal.

Las amenazas de un mal que no constituya delito serán castigadas con pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses, atendidas la gravedad y circunstancia del hecho, cuando la amenaza fuere condicional y la condición no consistiere en una conducta debida. Si el culpable hubiere conseguido su propósito se le impondrá la pena en su mitad superior.

El mal con que nuestro emprendedor le amenaza, la denuncia, no es delito, eso está claro. La clave esta en cómo interpretamos lo de la conducta debida. Hay quien lo hace como si fuese obligación del tipo legal, por ejemplo en este caso, no poner publicidad en las frotas. Pero el criterio mayoritario es el que entiende que habla de una conducta debida del amenazado para con el amenazante, del ejercicio de un derecho por parte de éste, por ejemplo, si no me pagas lo que me debes, te demando. Eso no es una amenaza a efectos penales.

¿Y los Tribunales?

Lo cierto es que el articulo es relativamente nuevo, y no he encontrado jurisprudencia sobre este tema concreto de la conducta debida a través de Google, ni en el Supremo ni en Audiencias Provinciales: pero lo que si he hallado es una sentencia de un Juzgado de lo Penal, el nº 13 de Barcelona, PA 76/05. Va sobre el triángulo vecinos-hosteleria-ruidos.

Los hosteleros ponen en conocimiento del Juzgado haber sido amenazados con ser denunciados por ruidos por parte de dos personas, salvo que les abonasen un dinero. El Ministerio Fiscal califica estos hechos dentro del 171.1. Los procesados, resumiendo, aducen que es una transacción, una indemnización por los daños sufridos por el ruido y para zanjar el conflicto. El Juzgado cree en ésta versión, si bien, para el caso que nos ocupa es relevante la siguiente afirmación:

....no es lo mismo que una persona tome la iniciativa de exigir a otra una cantidad de dinero a cambio de no ponerle por primera vez una denuncia, actuación que denotaría ciertamente una intención primordial de enriquecimiento patrimonial por vías dudosas, que sostener en el tiempo una denuncia continuada de determinadas prácticas molestas de otro y acabar por pedir una cantidad de dinero para solucionar definitivamente un problema que durante todo ese tiempo no ha recibido solución satisfactoria por otros cauces

El Juzgado les absuelve por considerar que el caso se corresponde a la segunda de las opciones. Si hubiese sido la primera, su decisión hubiese sido otra. En el tema que nos ocupa no hay ni denuncia continuada ni prácticas molestas para el otro.

Bueno, ¿y entonces qué?

Pues que es una zona gris, aunque si os habéis molestado en llegar hasta aquí, ya sabréis lo que pienso, tanto en el plano moral como legal, de estas prácticas emprendedoras. Prácticas que no son nuevas. ¿Cuantas supuestas organizaciones de consumidores, o ecologistas, o políticas no se dedican a lo mismo? Cuántos periódicos no consiguen publicidad con el miedo que inspiran sus investigaciones?¿Cuántos clientes permanecen con sus asesores por miedo a que estos hablen? ¿Cuántos casos conocéis que hayan llegado a los Tribunales?

Por eso darle desde aquí mi enhorabuena al emprendedor-ecologista-publicista, que me consta que es un profesional de lo suyo, y a los demás recomendarles tomar nota de cómo la gente se busca las habichuelas.

PD: Obviamente no linko al caballero. Entenderá que no le de publicidad gratuita a alguien que vive de ello.

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