La Ley de Desindexación perjudicará los contratos y rentas empresariales de largo vencimiento

La Ley de Desindexación perjudicará los contratos y rentas empresariales de largo vencimiento
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El gobierno, en su afán de aligerar la carga financiera del sector público, está ultimando la que se denomina Ley de Desindexación del Índice de Precios al Consumo (IPC), que en principio está prevista que se aplique únicamente a los contratos y salarios de naturaleza pública, pero que por su incidencia en la economía nacional, en la práctica podría extenderse al sector privado, afectando a los contratos y rentas empresariales, concretamente en la valoración de sus flujos financieros.

Analicemos por ejemplo el caso de una empresa patrimonial que mantiene un contrato de arrendamiento sobre una nave industrial a una empresa de servicios, estableciéndose por contrato que las cantidades satisfechas por concepto de alquiler se actualizarán con este índice de precios. Pues bien, estos flujos financieros podrían deteriorarse a futuro, e incluso puede poner en peligro a la arrendadora porque es posible que el capital percibido pueda quedar por debajo de la cuota hipotecaria que debe afrontar en la financiación de su compra.

Y por supuesto en lo que respecta a la retribución de los accionistas y de los órganos de gobierno de nuestra organización, dónde también tendrá consecuencias que pueden traducirse en dos efectos inmediatos, por un lado el abaratamiento generalizado de la mano de obra, que redundará en un ahondamiento de la crisis por la vía del consumo, y por otro, en una fuga de colaboradores tanto en el caso de que dicha ley llegue a tener una implementación parcial, así como si el diferencial de salarios con otras economías de nuestro entorno sigue creciendo como hasta ahora.

Por motivos como este no creo que esta nueva ley vaya a tener una incidencia directa e inmediata en el sector privado, y en cualquier caso se deberá dar entrada a un nuevo índice de referencia, que tal vez sea en función de la calidad crediticia de nuestro arrendatario, una participación en beneficios, o cualquier otro que las partes puedan acordar.

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Imagen | meanderingwa

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