El enclave laboral

El enclave laboral
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En el post anterior os presenté lo que era un Centro Especial de Empleo: una empresa ordinaria formada en más de un 70% por trabajadores discapacitados, y que busca la integración de los mismos. Os comentaba como me parecía una de las figuras legales al respecto más interesantes. Desde luego mucho más que la imposición legal de contar con un mínimo de un 2% de discapacitados en plantilla para empresas superiores al 50%.

Evidentemente este modelo tiene sus limitaciones. Y está claro que no pueden ser los únicos encargados de crear empleo para dicho colectivo. es necesario que las empresas privadas se impliquen. Y por ello, como solución evolucionada de ese imperativo legal del 2% que comentábamos, impulsada por los Centros Especiales de empleo, se crea una nueva figura jurídica: el enclave laboral.

El RD 290/2004, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad, lo define como el contrato entre una empresa del mercado ordinario de trabajo, llamada empresa colaboradora, y un Centro Especial de Empleo, para la realización de obras o servicios que guarden relación directa con la actividad normal de aquella, y para cuya realización un grupo de trabajadores con discapacidad del Centro Especial de Empleo se desplaza al centro de trabajo de la empresa colaboradora.

Efectivamente, como algunos podéis estar pensando es un caso de cesión de trabajadores. De cesión legal, como una suerte de ETTs, pero que no se limita a proyectos temporales, si no que pueden ser indefinidos o de largo recorrido. Sin embargo, creo que va mucho más allá de lo que sería una cesión vulgar:

  • Dichos enclaves laborales son islotes de de discapacitados en empresas ordinarias. Las empresas cuentan con el apoyo de personal de los Centros Especiales de Empleo que coordinan a los trabajadores cedidos, favoreciendo su inserción, su adaptación al proceso productivo.

  • Estos enclaves garantizan la viabilidad futura de los Centros Especiales de Empleo. Facilitan la salida de los trabajadores mejor preparados de los Centros Especiales de Empleo, liberando plazas para aquellos que están solicitando incorporarse a los mismos. Dicha rotación permite satisfacer la finalidad última de estos centros, la inserción laboral de cuantos más más discapacitados mejor.

  • Son una cabeza de playa en el doble sentido. Permiten la incorporación gradual de discapacitados a empresas ordinarias, sin traumas, dependiendo en una primera instancia del Centro Especial de Empleo. El éxito se medirá en el número de aquellos que consigan integrarse como plantilla propia de las empresas receptoras. Por otro, permiten que las empresas comprueben in situ la valía de estos profesionales, su viabilidad como trabajadores de la misma, y que de paso cumplan con la obligación legal de reserva de los puestos de trabajo.

En Pymes y autónomos | La Pyme como Centro Especial de Empleo, Contratos a discapacitados ¿Por qué no? Más información | Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad, Consejería de Trabajo y Empleo de Castilla La Mancha Imagen | http://www.flickr.com/photos/ramonduran/276528892/">gregoryjameswalsh

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