Estas son las modificaciones en las declaraciones informativas de la Agencia Tributaria para 2022 y así afectan a tu empresa

Estas son las modificaciones en las declaraciones informativas de la Agencia Tributaria para 2022 y así afectan a tu empresa
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Como cada año por estas fechas la Agencia Tributaria pone al día sus modelos para que las empresas puedan adaptarse de cara a 2022. Vamos a ver las modificaciones en las declaraciones informativas de la Agencia Tributaria para 2022 y como afectan a tu empresa.

Dichos cambios podemos revisarlos en la nueva página de la Agencia Tributaria donde detallan los cambios que afectan a los diferentes modelos de declaraciones informativas. Dicha información se publicó en el BOE del 3 de diciembre de modo que ya está oficialmente en vigor para las próximas declaraciones.

Para las empresas en muchos casos se trata de un tema técnico y de matices en las diferentes declaraciones. Las más significativas son:

  • Modelos 156, 180, 182, 187, 189, 198, 289, 296 modificados por el proyecto de Orden Anual de Informativas.
  • Modelo 179. Reestablecimiento de la obligación de declaración informativa trimestral de la cesión de uso de vivienda para fines turísticos
  • Modelo 189. Pendiente tramitación nueva Orden.
  • Modelo 290. Novedades en las FAQs.
  • Modelo 347. Declaración anual de operaciones con terceras personas, otro de los modelos que más trabajo ofrecen a las empresas durante el mes de febrero, que incluye importantes modificaciones en las operaciones realizadas con Reino Unido en relación al Brexit y la consideración del espacio especial de Irlanda del Norte.

Cambios en el modelo 190

El modelo 190 es la Declaración Informativa donde indicaremos las retenciones e ingresos a cuenta que hayamos hecho. Se trata del modelo anual del 111, y tanto empresas como autónomos lo presentan para liquidar las retenciones practicadas a las nóminas de trabajadores.

Ahora las prestaciones satisfechas por un ERTE se deben declarar en el modelo 190, con clave C y se introducen modificaciones respecto a la posibilidad de que se realizase un pago indebido en el año 2020 y su reintegro se produjese en el año 2021.

Este último aspecto es bastante relevante puesto que son muchos los empleados o autónomos que cobraron prestaciones, a veces de forma indebida en 2020, pero no les han reclamado la devolución hasta 2021, incluso en algunos casos una cantidad superior a la percibida. Y esto influye en los ingresos que se supone que ha percibido el declarante. 

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