No olvides entregar los modelos 100 y 714 en junio si eres autónomo

No olvides entregar los modelos 100 y 714 en junio si eres autónomo
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Como autónomos, no importa que una invasión alienígena o unas nuevas elecciones el próximo 23 de julio sean noticia. Cada mes debemos cumplir con las obligaciones fiscales.

Sin olvidar la cita con la cuota mensual, en junio hay que añadir los modelos 100 - la declaración de la Renta- y el modelo 714 que corresponde la declaración del impuesto del Patrimonio

Qué es el modelo 100

El modelo 100 es el del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es decir, el de la declaración de la Renta. Los meses en los que se debe presentar son abril y junio y el objetivo es que nos devuelvan o ingresar el IRPF correspondiente al año anterior.

Parece que fue ayer cuando se dio el pistoletazo de salida para presentar la declaración de la Renta 2022 y comenzado el mes de junio algunos esperan todavía su devolución, paciencia.

La mayor parte de los autónomos estamos obligados a presentar el modelo 100. Sin embargo, existen algunas excepciones:

  • Si los ingresos son inferiores a 22.000 euros y se ha obtenido la mayor parte de un pagador.
  • Si la suma del segundo y posterior pagadores es mayor a 1.500 euros, el límite para estar exento de presentar la Declaración de la Renta pasa a ser de 14.000 euros,

De todas formas, en los casos en los que el autónomo no está obligado a presentar el modelo 100 es posible que nos interese hacerlo, ya que puede salir a devolver ¿Cuándo? Eso es un misterio.

En qué consiste el modelo 714 y quién debe declararlo

El modelo 714 es la declaración del Impuesto de Patrimonio y grava el patrimonio neto de las personas físicas. Se tiene en cuenta el valor, tanto en derechos como en bienes, de los que seamos propietarios.

Tienen la obligatoriedad de presentar este modelo quienes cumplan los siguientes requisitos:

  • El valor de sus bienes y derechos sea superior a los 2.000.000 euros. Para ello, no se tienen en cuenta obligaciones personales o gravámenes.
  • Una vez realizadas las deducciones o bonificaciones, la cuota tributaria del Modelo 714 sea a ingresar.
  • Si el valor de derechos y bienes no supera los 2.000.000 de euros, se debe presentar la declaración siempre que la base imponible, el patrimonio neto, sí exceda el mínimo exento.

Para muchas personas se trata de un impuesto desconocido porque en la práctica, no se aplica en todas las comunidades autónomas ni a la mayoría de los españoles, su gestión se encuentra cedida a cada comunidad y está diseñado para gravar a las grandes riquezas.

Así que si tanto eres millonario o sencillamente se te ha hecho tarde para hacer la declaración de la Renta, dispones del mes de junio para presentar el modelo 100 y el 714, ánimo.


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