Las ventajas de un plan de pensiones o un fondo de inversión sobre una subida de la base de cotización

Las ventajas de un plan de pensiones o un fondo de inversión sobre una subida de la base de cotización
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Que los autónomos reciben una pensión exigua no es ningún secreto. Las causas que originan esta brecha con los asalariados tampoco. En España, el 86% de los trabajadores autónomos cotizan por la base mínima, lo que provoca que, en el momento de la jubilación, la pensión no sea todo lo digna que cabría esperar.

Quizá por esta razón, los expertos recomiendan aumentar la base de cotización, especialmente cuando se utiliza en el cómputo de la base reguladora, al final de la vida laboral. Sin embargo, son pocos los que optan por otras alternativas privadas que permitirían, en muchos casos, mejorar el nivel de vida tras muchos años de actividad, como los planes de pensiones o los fondos de inversión. Estas son algunas de sus ventajas.

Más rentabilidad

En el cálculo de la base reguladora, se tienen en cuenta las bases de cotización del trabajador de los últimos años cotizados (serán 25 años en 2022) actualizados con la inflación generada hasta los últimos 24 meses y registrada por los organismos de estadística oficiales. Una vez obtenida la base reguladora, se actualiza el cálculo en función de los años trabajados, en términos brutos y en 14 pagas, que dará como resultado la pensión mensual finalmente obtenida más las pagas extras.

En este supuesto, imaginando que cotizamos por una base de cotización de 1.000 euros, superior a la mínima durante los 25 últimos años de actividad, la base reguladora será de 857,14 euros, que se utilizará para el cálculo final de la pensión de jubilación. En caso de poder acceder al 100% de la base reguladora, esta sería nuestra pensión mensual en términos brutos.

En el caso de un plan de pensiones o de un fondo de inversión, podemos ir acumulando un capital a través de aportaciones mensuales, a lo que habrá que sumar la rentabilidad obtenida, que dependerá del perfil de riesgo del instrumento utilizado y del horizonte de inversión, pero tiendo en cuenta la magia de la capitalización compuesta.

Pongamos que, en lugar de cotizar por 1.000 euros, decidimos cotizar por la base mínima durante esos 25 años (utilizaremos, por simplificar, la base de cotización de 2018, de 932,78) y decidimos aportar a un fondo de inversión la cantidad restante hasta 1.000 euros (67,22 euros en total). En este supuesto, tendríamos que calcular por un lado la pensión pública y por otro la rentabilidad obtenida por nuestro instrumento de inversión:

  • La base reguladora sería de 799,52 euros. En caso de poder optar al 100% de esta base, esta sería la parte correspondiente a nuestra pensión de jubilación.
  • Las aportaciones mensuales a un fondo de inversión durante 25 años suman 20.166 euros. En el supuesto de un fondo mixto con una rentabilidad media del 5% anual durante este tiempo, la rentabilidad total compuesta sería de 39.533,49 euros. En este supuesto, utilizando el mismo cálculo que para la pensión de jubilación, sumaría 112,95 euros.
  • En total, recibiríamos una pensión de, aproximadamente, 912,47 euros brutos sumando ambas, 55,33 euros más que en el supuesto de aumentar la base de cotización.

Más flexibilidad

En el caso de la pensión de jubilación, las reglas están claras y no es posible salirse de ellas, excepto en algunos supuestos restrictivos contemplados en la Ley. Se exige un periodo mínimo de cotización y unas bases mínimas, y la forma de recibir la pensión depende de unos cálculos que están bien definidos.

Con un plan de pensiones, a pesar de que también contempla supuestos bastante restrictivos, no existe tanta rigidez. Podemos realizar aportaciones cuando queramos, de la cuantía que queramos (salvo algunos planes que exigen aportaciones mínimas), los instrumentos son mucho más amplios y existe más variedad de productos en cuanto a riesgo y rentabilidad y es posible rescatar el plan de varias formas. En el caso de un fondo de inversión, los supuestos son todavía más libres, pues no necesitamos esperar al momento de la jubilación para reembolsar la totalidad o parte del capital.

Mejor fiscalidad

Tanto los planes de pensiones como los fondos de inversión tienen una fiscalidad bastante atractiva, especialmente si los comparamos con otros instrumentos similares. En el caso de los planes, todas las aportaciones son deducibles en el IRPF hasta un máximo de 8.000 euros con un máximo del 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas del contribuyente, lo que nos permite beneficiarnos de un ahorro fiscal de hasta el 47% en la factura fiscal anual. Las cotizaciones a la Seguridad Social son también deducibles en el IRPF del contribuyente.

Además, tanto con los fondos como con los planes, existe la posibilidad de traspasar la totalidad del capital de un instrumento a otro sin tener que asumir ningún peaje fiscal, lo que permite aplazar el pago de impuestos hasta el momento del rescate o reembolso, con las ventajas que ello conlleva.

Por último, las ventajas fiscales existen en un fondo de inversión en el momento de su reembolso, porque solo hay que tributar por las ganancias obtenidas, y a unos tipos que oscilan entre el 19 y el 23 por ciento según el tramo. En el caso de una pensión pública o de un plan de pensiones, hay que tributar por su totalidad, y a unos tipos que oscilan entre el 19 y el 45 según el tramo.

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Imagen | nattanan23

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