El Ministerio de Trabajo ha puesto en marcha, casi en plena campaña electoral, una reforma que afecta a la protección por desempleo, a quienes quieren emprender después de perder su empleo y a las empresas que realizan despidos colectivos de trabajadores mayores de 50 años.
Y todo ello, a menos de dos meses de las elecciones generales anticipadas del 29 de noviembre.
Yolanda Díaz abrió el pasado 5 de octubre el trámite de audiencia pública de un proyecto de Real Decreto que introduce modificaciones en tres ámbitos laborales muy concretos.
Cobrar el paro de una sola vez para poner en marcha un negocio
Uno de los principales cambios afecta a la capitalización de la prestación contributiva por desempleo. Este mecanismo permite utilizar el dinero pendiente de cobrar para financiar una actividad económica.
La propuesta contempla que los beneficiarios puedan recibir hasta el 100% de la prestación pendiente para establecerse como autónomos o participar en una sociedad mercantil creada recientemente, siempre que cumplan los requisitos establecidos.
La novedad más destacada afecta a quienes han recurrido judicialmente su despido. Actualmente, la existencia de un procedimiento judicial puede retrasar el acceso al pago único.
Con la modificación planteada, estos trabajadores podrían solicitar la capitalización sin esperar a una sentencia firme. Esto permitiría adelantar proyectos empresariales que, de otro modo, podrían permanecer paralizados durante meses.
El texto, a su vez, también incorpora restricciones para evitar determinadas operaciones vinculadas a relaciones laborales anteriores.
Cambios en el cálculo del desempleo para trabajadores con hijos
La reforma también modifica el tratamiento de los hijos a cargo para determinar los límites máximos y mínimos de la prestación contributiva.
En particular, establece que las pensiones de alimentos destinadas al mantenimiento de los hijos no se considerarán ingresos de estos a efectos de determinar su dependencia económica.
Además, contempla que un mismo hijo pueda considerarse a cargo de ambos progenitores cuando concurran las condiciones exigidas.
Otra modificación afecta a las cantidades ingresadas indebidamente a la Administración. Se regula un procedimiento específico para solicitar su devolución, con un plazo máximo de seis meses para resolver.
Una vez reconocido el derecho al reintegro, la Administración dispondría de 30 días para ordenar el pago. También se concretan las reglas relativas a intereses y recursos administrativos.
El tercer bloque de la reforma se dirige a las compañías con beneficios que ejecutan expedientes de regulación de empleo (ERE) que afectan a trabajadores de 50 o más años.
La legislación ya contempla aportaciones económicas al Tesoro Público para determinadas empresas que cumplen los requisitos legales. Este mecanismo, conocido como enmienda Telefónica, nació tras los despidos colectivos realizados por la operadora en 2011.
Ahora, Trabajo pretende reforzar la información que deben proporcionar las compañías al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Entre los datos exigidos figuran la composición de la plantilla, los resultados económicos, los ingresos y una identificación individual de los trabajadores afectados mayores de 50 años.
También deberán especificarse sus edades, las fechas de extinción contractual y las causas de los despidos. Si una empresa incumple sus obligaciones informativas, el SEPE podrá requerir la documentación y solicitar la intervención de la Inspección de Trabajo.
¿Una reforma laboral con la vista puesta en las elecciones?
El calendario resulta, cuanto menos, llamativo. Trabajo abrió el procedimiento el mismo día en que se anunció el adelanto electoral, cuando faltaban 55 días para las votaciones. Para algunos, dicha coincidencia alimenta una lectura electoral de la iniciativa.
El Gobierno podría intentar aprobar el Real Decreto antes del 29 de noviembre, puesto que esta modalidad normativa no necesita convalidación parlamentaria. Sin embargo, las modificaciones todavía no están aprobadas y, como es lógico, su entrada en vigor dependerá de que se complete la tramitación y se publique la norma definitiva.
Imágenes | El País, Engin Akyurt
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