Autónomo: dispones de un año más para adaptarte a la factura electrónica

Autónomo: dispones de un año más para adaptarte a la factura electrónica
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Los autónomos contarán con un año más, exactamente hasta el 2026, para adaptarse al sistema de facturación electrónica cuya última fase será comunicar a Hacienda el estado de cada factura.

Pero todo depende de que el reglamento de facturación salga adelante este año aprobado por el Gobierno.

La Ley Crea y Crece, el 2026 y su prórroga para los autónomos de un año

Según el Reglamento de la Ley Crea y Crece, las grandes empresas deben adaptarse a la nueva facturación electrónica un año después de su entrada en vigor.

Si llegara a aprobarse en este 2023 sería en 2024. Y dos años después (2025) para el resto de empresas y autónomos, según recoge Autónomos y Emprendedores.

Pero el paso de comunicar los estados de la factura a Hacienda quedará dilatado un año más para el colectivo de autónomos según el borrador del Real Decreto aún sujeto a posibles modificaciones.

Los autónomos y un año más para comunicar los estados de cada factura

El borrador del Proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla la Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece) está cerrando el proceso de Audiencia Pública con la Agencia Tributaria.

Ofrece importantes aspectos, como la obligación de su uso no sólo cuando el autónomo actúe como proveedor, sino también cuando actúe como cliente y reciba la factura.

Con el cambio que introdujo Manuel Delacampagne, subdirector General de Análisis Sectorial del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y Economista del Estado, en principio, los periodos de implementación quedarían así:

  • Un año después de la entrada en vigor de la ley (2024). Para empresas con facturación anual superior a ocho millones de euros, obligatoriedad de facturar electrónicamente y comunicar los estados de la factura.
  • Dos años después de la entrada en vigor (2025). Para el resto de empresas, con facturación anual menor a ocho millones de euros y para autónomos, obligatoriedad de facturar electrónicamente.
  • Tres años después de la entrada en vigor (2026). Obligatoriedad de comunicación de los estados de la factura para los autónomos.
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