Último día para que los autónomos puedan elegir mutua que cubra sus accidentes de trabajo

Último día para que los autónomos puedan elegir mutua que cubra sus accidentes de trabajo
Sin comentarios
HOY SE HABLA DE

El plazo expira hoy. Los autónomos que hasta el año pasado no cotizaban por incapacidad temporal han visto como con las mejoras de las coberturas ahora están obligados, al menos en su mayoría ha hacerlo. Muchos de ellos cubrían las bajas por enfermedad común con la Seguridad Social, pero ahora están obligados a elegir mutua para que cubra ambos conceptos. Y hoy es el último día para que los autónomos puedan elegir mutua que cubra sus accidentes de trabajo.

Muchos de ellos se han enterado de esta circunstancia por una notificación de la Tesorería de la Seguridad Social, que con objeto de facilitar el cambio permitía realizar la solicitud de forma presencial, cosa que hoy ya no es posible, pero también con certificado electrónico o enviando un correo electrónico a la propia sede provincial.

En ambos casos se debe enviar completado y firmado el documento TA.0521-1, la solicitud simplificada del alta, baja o variación de datos. En caso de hacerlo a través del correo electrónico y si no se ha firmado dicho documento digitalmente, es necesario remitir también una copia del DNIe del interesado.

  • ¿Cuándo empieza a darme servicio la Mutua? Será a partir del 1 de junio de 2019 cuando en caso de accidente o baja por enfermedad tendremos que acudir a dicha Mutua. También son las encargadas de gestionar y conceder las coberturas por cese de actividad. En caso de que la elegida este año no nos guste por cualquier motivo, se puede solicitar el cambio para el año siguiente.

  • ¿Qué ocurrirá si no nos hemos enterado y no se ha elegido mutua? Lo más probable es que la Tesorería nos acabe adjudicando una de forma aleatoria. Pero si es importante saber con quién estamos para saber donde acudir en caso de accidente o si queremos solicitar nuestra prestación por cese de actividad.

Si no hemos recibido la notificación se puede deber a dos motivos fundamentales, la Tesorería de la Seguridad Social no dispone de nuestros datos de correo electrónico o teléfono y nuestra dirección postal ha variado sin que lo hayamos comunicado. La otra opción es que ya hayamos elegido una mutua en su momento y ahora no necesitemos hacerlo.

Imagen | Parentingupstream

Temas
Comentarios cerrados
Inicio