
Manuel, un lector nos ha mandado una consulta bastante interesante para que la dilucidemos entre todos nosotros. Transcribo literalmente el mail:
Voy a montar un tienda virtual de venta de jamones en España y me gustaría saber si es necesaria alguna licencia especial o hay alguna normativa especial de aplicación. ¿Os suena algo?,Estamos hablando de comercio electrónico de artículos de alimentación, de manera independiente a que la plataforma sea internet o un local físico.
En este tipo de comercios, mediante tiendas online, tenemos que diferenciar dos situaciones distintas:
- Actuamos como meros comisionistas e intermediarios de un matadero o distribuidor que tenga las oportunas licencias. Esto ocurre siempre y cuando los jamones no pasen por mi mano y yo no tenga contacto directo con ellos.
- Actuamos como vendedores y los jamones pasan físicamente por nuestra mano, tanto en el proceso de almacén como de envío.
Supongo que Manuel se encuentra en el segundo caso y si este extremo es así, lo promero que tenemos que determinar es en qué comunidad estamos operando.
Por ejemplo, si nuestro domicilio fiscal es Andalucía, necesito contar con un carnet de manipulador de alimentos y con una autorización expresa de Sanidad y Consumo, o su equivalente en cada autonomía que certifique que el lugar donde almaceno los jamones cumple con las normas sanitarias impuestas por el reglamento.
En el resto de comunidades, no sé cómo andarán las exigencias pero es de suponer que pueden ser similares a las planteadas. Para aclarar las dudas, basta con clarificar nuestro domicilio fiscal y el requisito de manipulación directa de los alimentos.
Por otra parte, debemos tener en cuenta, que los jamones tienen serias restricciones en las exportaciones a terceros paises, como puede ser por ejemplo EEUU y algunos otros. Es importante asegurarnos los paises de destino si vendemos a nivel internacional para evitar problemas con los clientes y aduanas.
Imagen | jlastras
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Comentarios
Hola, gracias por contestar tan rápido y enhorabuena por el blog. Es un gran recurso para la gente que está empezando. La verdad es que estoy en el segundo caso pero al principio quizás podría llegar a un acuerdo con una cooperativa del sector para estar en el primer caso. ¿Qué permisos harían falta en ese primer caso?
interesante
Hola Manuel. te interesaría un contrato mercantil de comisión en donde le faturara la cooperativa al cliente final, que damos por hecho que tienen todos los requisitos necesarios y tu facturarle solo a la cooperativa por las comisiones de los jamones vendidos.
Saludos
Yo veo muy bien en una fase previa el obtener orientacion a traves de este medio, pero te recomendaria que te pusieras en contacto con un gestor de empresas para que te informe de todo el tipo de papeleo necesario. Lo que me temo, OJO OPORTUNIDAD DE NEGOCIO, es que no hay muchos gestores, especializados en negocios online.
Un saludo.
@Albiranz, desde este blog hemos hablado muchas veces de la figura de los asesores de empresas / gestores y si el promotor de la empresa no tiene los conocimientos o formación adecuada, es el consejo que siempre hemos dado
Pues yo creo que tb se deberia de mirar los metodos, empresas de envio, y formas de pago. Por ejemplo el contrareembolso es de lo más desaconsejable por razones obvias.
De otra manera si solo te dedicas a revender producto sin que pase por tus manos, no debes cumplir ninguna otra normativa de más en un principio que cualquier otro, ya que el proveedor se suele encargar de todo.
Un saludo.
@Jordi, cualquier negocio online debe mirar las formas de pago y logística. En este post me he centrado solamente en los aspectos administrativos particulares del comercio de alimentación.
Es lógico que emprender en la red requiere unos requisitos a tener en cuenta como los que apuntas.
Saludos
Me encantan los posts de comercio electrónico Remo. Solo estaba dando información extra, ya que puede ser interesante saber que el principal problema es el como alimentar la tienda online (de dinero), no como establecerse.
Enhorabuena Remo! Gracias por tus aportes ;)
Y bienvenidas sean tus aportaciones Jordi ;-)
Tocas un tema interesante en tu comentario, el cual creo que le voy a dedicar algún post
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