Como complemento a mi anterior post sobre la maternidad en el Régimen de Autónomos y respondiendo a un comentario de Fran Carreira, voy a explicar en qué consiste y cómo funciona el permiso de paternidad para los trabajadores autónomos.
Los autónomos tienen derecho a una prestación por paternidad, en las mismas condiciones que los trabajadores que cotizan en Régimen General. Para poder optar a esta prestación, el autónomo debe estar en situación de alta en la Seguridad Social y tener cotizados, al menos, 180 días dentro de los 7 años anteriores o 360 días durante toda la vida laboral.
La duración de la prestación es de 13 días. Este periodo se puede aumentar en condiciones especiales, si el nacimiento es dentro de una familia numerosa, si en la familia hay una persona con discapacidad igual o superior al 33% o si el recién nacido tiene una discapacidad igual o superior a ese 33%, el periodo puede ser de 20 días. En caso de parto múltiple estos plazos se incrementarán en 2 días por cada hijo nacido, a partir del segundo.
La prestación que se recibe es el 100% de la base de cotización. Un autónomo que cotice por la base mínima, recibiría 364.78 euros.
El plazo de presentación de la documentación será dentro de los 15 días siguientes a la fecha de inicio del descanso por paternidad. El autónomo puede optar por este permiso desde el momento del nacimiento, hasta que termina el periodo de baja por maternidad.
Al solicitar la prestación, el autónomo debe señalar a cargo de quién deja la actividad o si se produce un cese temporal de la misma. Con respecto a la cotización al RETA durante el permiso, no supone diferencia alguna el estar de alta o de baja durante esos días.
El pago de la cuota de autónomos se hace independientemente de los días de alta, aunque el autónomo esté de alta un solo día en un mes, paga la cuota por el mes completo. Por tanto, si nos damos de baja esos 13 días pero estamos de alta los otros 17, pagaremos la cuota de igual modo.
A partir del 1 de enero de 2011 este permiso se ampliará a cuatro semanas.
En Pymes y Autónomos | Permiso por paternidad: ampliado a 4 semanas a partir del 2011
Imagen | Daquella manera
Comentarios
No entiendo el motivo por el que alquien que cotice por la base mínima, que para 2010 son 841,80€, cobraría sólo 364,78€ si la prestación es del 100%.
¿Sería alguien tan amable de explicármelo?
Gracias y saludos.
Es la parte proporcional correspondiente a los 13 días de permiso
Muchas gracias.
Gracias por el artículo.
El tema ese de la ampliación a 4 semanas, no lo había descartado el gobierno? Igual estoy yo equivocado, pero tenía entendido eso...
Tienen previsto descartarlo en la Ley de Presupuestos para 2011 - He encontrado la noticia en elpais.com: http://www.elpais.com/articulo/economia/permiso/paternidad/semanas/aplazado/elpepieco/20100925elpepieco_5/Tes
Sí, lo de siempre. Un dineral gastado en crear un Ministerio de Igualdad. Un dineral gastado en cerrar un Ministerio de Igualdad. Pero a la hora de la verdad, siguen cargando todo el peso de los primeros meses de vida de l@s hij@s sobre la madre, lo que hará que toda su vida siga siendo, en su mayoría, así.
Tampoco nos vamos a sorprender ahora por el discurso político general: "haced lo que yo diga, pero no lo que yo haga".
Saludos.
buenas... del (excelente) artículo, me queda una duda: las condiciones para poder acceder a la prestación por paternidad ¿son en régimen de autónomos o cualquier régimen de cotización? ha coincidido mi paternidad con el arranque de mi iniciativa como autónomo, pero, hasta diciembre, estuve 12 años ininterrumpidos cotizando trabajando para una empresa... gracias!!!
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