El pasado día 13, la Eurocámara aprobó un informe a través del que pide a la Comisión Europea que estudie la posibilidad de crear un umbral de exención del IVA para las pymes y la exención total de este impuesto en el caso de la ONGs. Se solicita también que todos los paises de la Unión acuerden una lista de bienes y servicios que puedan beneficiarse de exenciones fiscales o un tipo reducido del IVA.
El informe aprobado incide en la necesidad de modificar y reforzar el sistema del IVA para hacerlo resistente al fraude y solicita a los países de la UE que mejoren la cooperación en este sentido.
Esta solicitud tiene dos frentes, por un lado trata el tema de la exención total de IVA en las actividades y transacciones que llevan a cabo las organizaciones sin ánimo de lucro y la creación de un umbral de exención del IVA para las pymes en toda Europa, con el fin de que “se reduzcan las cargas y los costes, facilitando un acceso más amplio al mercado interior”.
El otro aspecto se refiere a que los Estados miembros deberían acordar, para enero de 2012, una lista de los bienes y servicios comunes que deberían beneficiarse de exenciones fiscales o de una reducción del tipo del IVA. Los diputados proponen un tipo reducido del IVA para los productos y servicios que sean eficientes en el plano energético y que los libros que se pueden descargar y leer a través de internet deberían someterse al mismo régimen de IVA que los libros, periódicos y revistas que se comercializan en soporte físico.
Además los diputados plantean la posibilidad de introducir un procedimiento único de reembolso del IVA, un solo número de identificación fiscal y una base electrónica de este impuesto para toda la UE y “un tipo del IVA normal armonizado o un tipo reducido para todos los viajes transfronterizos dentro de la UE, independientemente del modo de transporte”, ya que actualmente hay medios, como el autobús o el tren, que están sujetos al IVA mientras otros están exentos.
No conviene lanzar las campanas al vuelo, teniendo en cuenta que esta en una propuesta y que la Comisión Europea no siempre toma en consideración estas recomendaciones. Además cada país miembro es soberano sobre la aplicación del IVA en su territorio por lo que los obstáculos a vencer para que esto salga adelante no son pocos.
Vía | Parlamento Europeo
Pymes y Autónomos | Unificación del Impuesto de Sociedades en la UE
Imagen | marcellosaponaro
Comentarios
Soy emprendedor y se que en "teoria" el iva, ni va ni viene :P pero a efectos prácticos, nos está matando, puesto ajustar el pvp, reducir % de beneficio y encima un iva al 18% nos está ahogando, y si me planteo crecer y contratar ... como no me toque la lotería para pagar el irpf ya apaga y vamonos, una verguenza como potencian el crecimiento de la pyme española.
2 Comentario moderado
-25Lo que quiere decir es que el pago de impuestos genera falta de liquidez. Y todos los problemas que eso conlleva. El sistema actual es muy áspero, que no ayuda en nada a la actividad empresarial.
No entiendo lo de "la creación de un umbral de exención del IVA para las pymes en toda Europa". Qué significa? Qué las empresas que no superen un umbral no pagarán ni repercutirán el IVA?
Lo que se pretende es que aquellas pymes que estuvieran por debajo de ese umbral estarían exentas de IVA
Exentas de pagarlo, entiendo, pero lo seguirán aplicando en sus ventas, no? Porque entonces entiendo que habría una desigualdad manifiesta, cosa que ya medio me parece estando exentas de pagarlo, todo sea dicho de paso
pero exentas de qué? Tampoco lo termino de entender. ¿de pagarlo, cobrarlo, ...?
Si se consideran entidades exentas no tendrían que aplicar el IVA en sus facturas. Por lo tanto no tendrían que presentar declaraciones trimestrales ni deducirían el IVA de los gastos a través de esas liquidaciones.
Sin embargo hay que tener en cuenta que las sociedades que no están obligadas a presentar declaraciones de IVA, sí pueden deducir en el Impuesto de Sociedades las cuota de IVA pagadas.
Si una entidad está exenta de IVA no aplica el impuesto en sus facturas, no presenta declaración trimestral del impuesto y por lo tanto no puede deducir las cuotas soportadas.
Sin embargo, si se trata de sociedades, pueden deducir el IVA pagado en el Impuesto de Sociedades.
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