ZP discrimina a los parados españoles

Remo 19 de septiembre de 2008 5 comentarios

zp

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto que permite cobrar a los trabajadores inmigrantes la prestación íntegra de desempleo que les corresponda si abandonan España y retornan a su pais de origen. Para poder acogerse a dicha medida, los inmigrantes que se acojan tienen que renunciar a su permiso de trabajo, residencia, y no volver a España a trabajar en tres años.

Hasta aquí todo impecable. Un trabajador tiene ese derecho consolidado y si para cobrarlo se tiene que quedar en España, pues mal asunto. Es mejor ‘echar fuera a los parados extranjeros’ que asumir los costes que ello conlleva, dígase en sanidad, enseñanza… (Cierto, eso es política social de izquierdas, se me olvidaba). Es más, como parte de las motivaciones que se extraen de la web del ministerio, se favorece el tejido productivo en los paises de origen.

...para que su retorno se realice en las mejores condiciones posibles, proporcionándoles un capital que, sin duda, favorecerá las posibilidades de reinserción laboral en sus naciones.

Excelente argumentación para evitar interpretaciones xenófobas de la medida, que bajo mi punto de vista las tiene. Pero ¿con los parados españoles que ocurre?

Pues muy fácil, que no pueden favorecerse de dicha medida bajo ningún concepto. Impresionante, preferimos favorecer el tejido económico y productivo de terceros paises antes que nuestra maltrecha economía. De puertas para adentro “a ajo y agua señores” como se dice en mi pueblo. A día de hoy, el desempleado que se quiera tirar a la plaza y montar una empresa, sólo tiene derecho a recibir el 40% de su desempleo mediante pago único. El resto a deducir en cuotas de seguridad social. Pues yo lo veo muy injusto y un agravio comparativo digno de analizar por juristas.

Si me quedo en paro y me quiero establecer como autónomo, ¿por qué no puedo disponer integramente del 100% de mi desempleo? Ahora bien, si yo fuera extranjero, si podría disponer integramente de dicho dinero y montar mi empresa en mi pais de origen. Volvemos a comprobar como los autónomos de este pais se encuentran en privilegios y legislación bastante más atrás que los últimos de la fila.  

No obstante, que no cunda el pánico, que parece ser que el gobierno va a rectificar, y dentro del paquete de medidas para el 2009, se va a poder disponer del 60% como pago único. Gracias José Luis, por seguir discriminando por razones de nacionalidad. Por último, me encuentro expectante a que aparezca el decreto publlicado en el BOE, porque espero al menos, que se le deduzcan del pago único a los inmigrantes los mismos intereses que se le aplican a los pagos anticipados por capitalización por desemple, porque vamos si no esto es para montar un circo en el Congreso.     

Vía | Moncloa.es 

Imagen | miraloqueveo.com

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Comentarios

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  • 1 Avatar

    Y ahora me surge una pregunta : Si yo actualmente estoy como Autónomo, y a la paz, soy trabajador de una empresa. Si termino mi relación laboral con esa empresa, y en condiciones normales tendría desempleo, ¿Que pasaría? ¿Como estoy trabajando como autónomo, no tengo derecho a cobrar la prestación por desempleo? ¿Ni siquiera ese "beneficio" del 40% + deducciones?

  • 2 Avatar

    No he podido leer el RD, pero es asombroso porque no es el objeto ni de la prestación del desempleo ni la del pago único. Estas prestaciones son para que aquellos desafortunados que son despedidos puedan mantenerse mientras encuentran un nuevo empleo o bien crear su propio autoempleo.

    Si se entrega un "cheque retorno", que no sea bajo la figura de la prestación de desempleo, que lo argumenten de otra forma, pues sin duda están dando lugar a una discriminación con el resto de la población.

  • 3 Avatar

    Con los precios de latinoamérica creo que a los inmigrantes les va a salir rentable que les den la pasta y volver a su país durante 3 años, ya que podrían vivir ese tiempo perfectamente y luego volver.

  • 4 Avatar

    El decreto es el RDL 4/2008. Se basa en el pago anticipado de la prestación por desempleo. Se exime de cotización a estas cantidades, y tampoco dice nada de los intereses de demora que se soporta en los pagos anticipados solicitados para el fomento del autempleo.

    Como bien dices Oscar, es una discriminación positiva en toda regla hacia el inmigrante, y además comparto la pstura de Mafius, en tres años puede volver, con un negocio funcionando en el pais de origen.

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