¿Qué es un acta notarial?

¿Qué es un acta notarial?
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Si hablamos de notarios el documento que se nos viene a la cabeza son las escrituras públicas (declaraciones de voluntad, actos jurídicos que impliquen prestación de consentimiento,contratos y los negocios jurídicos de todas clase) y en menor medida las pólizas mercantiles, tras la fusión con los corredores de comercio. Sin embargo, existe otro tipo de documento habitual, especialmente cuando las cosas se ponen a malas, y que conviene que tengamos claras cuales puden ser las posibilidades que nos ofrecen. ¿Qué es un acta notarial?

Tal y como lo define el Reglamento Notarial las actas son documentos que tienen como contenido la constatación de hechos o la percepción que de los mismos tenga el notario, siempre que por su índole no puedan calificarse de actos y contratos, así como sus juicios o calificaciones. Como vemos se corresponde en buena medida con lo que entendemos como levantar acta. ¿Qué clase de actas notariales hay?

    <li><strong>Actas de presencia</strong>: en ellas los notarios acreditan la realidad o verdad del hecho que motiva su autorización. El notariop se persona y da situación de una realidad fácticaAquí se incluyen las entregas de biens o dinero, la existencia de personas, la exhibición de documentos, las actas de envio de documentos y de notificación (<strong>requerimientos</strong>) <a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l24-2001.t5.html#a114">asi como de las comunicaciones electronicas</a>.</li>
    
    
    <li><strong>Actas  de referencia</strong>: aquellas en las que el notario recoge las declaraciones de terceros.</li>
    
    
    <li><strong>Actas de notoriedad</strong>: comprobación y fijación de hechos notorios sobre los cuales puedan ser fundados y declarados derechos y legitimadas situaciones personales o patrimoniales, con trascendencia jurídica. Un clasico del uso de las mismas es su uso para inmatricular inmuebles que no figuraban en el registro de la Propiedad.</li>
    
    
    <li><strong>Actas de protocolización</strong>: sin entrar en detalles, se trata de darkle caracter de escritura pública a un documento cuyo contenido es susceptible de serlo.</li>
    
    
    <li><strong>Actas de depósito ante notario</strong>: donde el notario deja constancia de que se le ha entregado en custodio un bien, un documento, una suma de dinero, bien como prenda (garantía de un contrato).</li>
    
    
    <li><strong>Documento fehaciente de liquidación</strong>, a la hora de ejecutar contratos formalizados en escritura o póliza.</li>
    
    
    <li><strong>Actas de subastas</strong></li>
    

Como vemos las actas pueden tener múltiples usos, más allá del generalmente usado como medio probatorio a la hora de litigar o negociar por algún asunto. En todo caso, y teniendo en cuenta cual es su uso más habitual, conviene recordar lo que dice el Tribuna Supremo:

la fe pública notarial lo único que acredita es el hecho que motiva el otorgamiento de la escritura pública y su fecha, así como que los otorgantes han hecho ante Notario determinadas declaraciones, pero no la verdad intrínseca de éstas que pude ser desvirtuada por prueba en contrario, sin que tal medio probatorio tenga prevalencia sobre las demás, vinculando al Juez sólo respecto de aquellos extremos: otorgamiento y su fecha. dado que el resto del contenido puede ser sometido a apreciación por otras pruebas.

Más información | Reglamento Notarial, El Blog de Derecho Público de Sevach En Pymes y autónomos | Venga, carguémonos a los notarios y al Registro Mercantil, Comunicaciones: requerimiento notarial, burofax, y correo y SMS certificados Imagen | tacoekkel

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