¿Qué es el censo de obligados tributarios?

¿Qué es el censo de obligados tributarios?
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El Censo de Obligados Tributarios, de competencia estatal, está formado por la totalidad de las personas físicas y jurídicas, así como por las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptibles de imposición (artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria). Todos los obligados tributarios deben de tener un número de identificación fiscal para sus relaciones de naturaleza o con trascendencia tributaria.

Toda persona física, persona jurídica o entidad sin personalidad jurídica que desarrollen actividades empresariales o profesionales, satisfagan rendimientos sujetos a retención o ingreso a cuenta, formará parte del Censo de Obligados Tributarios y deberá solicitar su alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Forman parte del Censo de Obligados Tributarios, el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores integrado por personas físicas o entidades que deban formar parte del mismo. A su vez, forman parte del Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), el Registro de Devolución Mensual (REDEME), el Registro de Grandes Empresas (RGE) y el Registro de Impuestos Especiales, entre otros registros tributarios de carácter especial.

Las personas y entidades incluidas en los censos tributarios tendrán derecho a conocer sus datos censales y podrán solicitar que se les expida el correspondiente certificado. Igualmente tendrán derecho a la rectificación o cancelación de sus datos personales cuando resulten inexactos o incompletos de acuerdo con lo previsto en la legislación en materia de protección de datos de carácter personal.

Modelo 030 para las personas físicas

Las personas físicas que no desarrollen actividades empresariales o profesionales y no satisfagan rendimientos sujetos a retención o ingreso a cuenta, presentaran el modelo 030 de declaración censal de alta en el Censo de Obligados Tributarios, cambio de domicilio o variación de datos personales. Dicho modelo se aprueba mediante la orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre.

¿Cuándo se usa el modelo 036 y 037?

Por su parte las personas o entidades que desarrollen o vayan a desarrollar en territorio español actividades empresa riales o profesionales o satisfagan rendimientos sujetos a retención deberán comunicar a través de las declaraciones censales, modelos 036 o modelo 037, su alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, las modificaciones que se produzcan en su situación tributaria, incluyendo la modificación del domicilio fiscal o social, y la baja en dicho censo.

Imagen | hktang

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