¿A qué permiso laboral se tiene derecho para votar en las elecciones del 28 de mayo?

¿A qué permiso laboral se tiene derecho para votar en las elecciones del 28 de mayo?
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Como seguro que ya sabes, el próximo domingo 28 de mayo de 2023 se celebrarán elecciones en varias comunidades autónomas en España, concretamente en Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Islas Balears, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra, y en la Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

Si tienes una empresa y abres ese día, o si eres uno de los trabajadores a los que les toca trabajar el domingo, es bueno que conozcas las condiciones del permiso laboral que le corresponde a los empleados para votar.

Permiso laboral retribuido de 4 horas para votar

Los trabajadores tienen derecho a un permiso laboral retribuido de como máximo 4 horas para poder ir a votar en caso de que las elecciones coincidan con su horario laboral.

La duración del permiso retribuido para ejercer el voto viene recogido en el artículo 13, Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales. Éste permiso varía en función del tiempo que se solape el horario laboral de ese día con el horario previsto para ejercer el voto que es de 9 a 20 horas:

  • Para los trabajadores cuyo horario no coincida con el de la votación o lo hagan por un periodo menor a 2 horas, no tendrán derecho a permiso retribuido.
  • Para los trabajadores cuyo horario coincida entre 2 y 4 horas, disfrutarán de un permiso retribuido de 2 horas.
  • Para los trabajadores cuyo horario coincida entre 4 y 6 horas, tendrán de permiso retribuido de 3 horas.
  • Para los trabajadores cuyo horario coincida  6 horas o más o más horas, disfrutarán de permiso retribuido de 4 horas.

Este permiso laboral es retribuido, lo que significa que el trabajador tiene derecho a percibir su salario durante las 4 horas que dura el permiso.

Además, el trabajador tiene derecho a solicitar el permiso en cualquier momento dentro de su jornada laboral, aunque se debe avisar con antelación a la empresa para evitar posibles problemas de organización.

Condiciones para poder solicitar el permiso para votar

Se debe tener en cuenta que el permiso laboral para votar no es acumulable, por lo que si el trabajador no utiliza las cuatro horas completas del permiso, no podrá utilizar el tiempo restante para otros fines.

Por esto, para su justificación, el trabajador debe pedir el justificante oficial a la mesa electoral en el momento de la votación, de forma que lo pueda entregar en su empresa.

Si se mira por parte del empresario, hay que tener en cuenta que está obligado a conceder el permiso en las condiciones comentadas y que en el caso de negarse dicho permiso el trabajador puede reclamar ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que se encargará de mediar entre las partes para solucionar el conflicto.

Trabajadores que sean elegidos vocales y presidentes de mesa electoral

Cuando un trabajador sea designado presidente o vocal de una mesa electoral, y ésta coincida en jornada laboral del empleado, el permiso al que tiene derecho es igualmente retribuido y de la jornada completa durante el día de la votación.

Además, el trabajador tiene derecho a 5 horas que se reducirá de su jornada el lunes posterior a las votaciones.

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