
En la sección de respuestas de El blog Salmón se plantea una cuestión referente a la inscripción en el Registro Mercantil de los actos realizados por parte de un autónomo. Lo que el lector en cuestión pregunta es lo siguiente:
Soy autónomo y no encontré claro en ningún sitio si debo presentar mi contabilidad en el Registro ¿Me lo podéis aclarar?
Lo primero que debemos decir es que los autónomos no están obligados a la inscripción de sus actos, libros o cuentas anuales en el Registro Mercantil, de hecho ni siquiera están obligados a llevar una contabilidad normalizada, limitándose la obligación a la llevanza de libros de facturas emitidas y recibidas y de fichas de inmobilizado con los datos de la amortización de los mismo.






