Para poder votar este post tienes que identificarte o registrarte aquí.
Para votar este post conéctate con Facebook
Connect
El establecimiento del calendario laboral de vacaciones de la plantilla de la empresa, es una tarea, que a priori parece fácil y simple, pero se puede convertir en un foco de problemas de gran calado.
En primer lugar, la distribución de las vacaciones, duración, y días de comienzo o finalización, viene regulada por los respectivos convenios colectivos. En el caso de no fijarse ninguna condición al respecto, tenemos que acudir al Estatuto de los Trabajadores, en su Art. 38.
Tal y como podemos leer en el apartado tres, “El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute”. A su vez, la duración mínima anual de las vacaciones será de treinta días naturales.
Existe una creencia generalizada, que el 50% de las vacaciones las fija la empresa y el 50% restante el trabajador. Es evidente que este planteamiento es erróneo y no tiene fundamento legal ninguno. Lo primero que debe intentar la empresa, es conseguir el consenso en los periodos de vacaciones entre la dirección y los trabajadores.
Leer más