El Expediente de Regulación de Empleo (II): procedimiento y resolución

El Expediente de Regulación de Empleo (II): procedimiento y resolución
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Tras explicar lo qué es y las causas para solicitar un Expediente de Regulación de Empleo, vamos a comentar ahoralas diferentes fases que lo componen y cómo se resuelve este procedimiento.

Un ERE consta de tres fases diferenciadas, una fase inicial en la cuál la empresa y los trabajadores negocian lo términos del expediente, a ésta le sigue la solicitud formal del ERE a la autoridad laboral competente y, finalmente, se produce la resolución del procedimiento.

La fase de consultas es previa a la solicitud del ERE, en ella la empresa y los representantes de los trabajadores (comités de empresa, enlaces sindicales o delegados de los trabajadores) negocian los términos del procedimiento para rebajar el impacto del mismo en los empleados y determinar sus condiciones económicas: posibilidades de recolocación, indemnizaciones, etc.

Esta fase ha de tener una duración mínima de 30 días que pueden ser 15 en las empresas de menos de 50 trabajadores. En cualquier caso la duración de esta parte no puede ser inferior a 15 días, a partir de los cuales, si no hay acuerdo, se puede dar por concluida.

Una vez finalizada esta fase se procede a la solicitud del expediente ante la Autoridad laboral competente que será quien se encargue de admitirlo y dar viabilidad a los despidos y al resto de términos del mismo. Junto a la solicitud, han de presentarse una serie de documentos acreditativos de la situación actual de la empresa, los motivos de la solicitud y a qué personas afecta el mismo.

Una vez recibida la solicitud, la Autoridad competente revisará la documentación y si hay algún error dará un plazo a la empresa para su subsanación (el plazo para ello será de 10 días). Transcurrido este plazo, si la empresa no subsana los errores, se dará por archivada la solicitud. Si la solicitud es válida, la Administración encargada informará a la Oficina de Empleo del espediente y pedirá a la Inspección de Trabajo la redacción de un informe, que deberá concluirse antes de 10 días.

Desde la admisión del expediente la Administración dispone de 15 días para resolverlo y aceptar todo o una parte del mismo. La resolución determinará la fecha de efecto del ERE, las indemizaciones a percibir por los trabajadores y hará efectiva la situación de desempleo de los mismos. La indemnización a percibir por los trabajadores no puede ser inferior a 20 días de salario por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades. SI el ERE se produce por causas de fuerza mayor el Fondo de Garantía Salarial se hará cargo del pago del 40% de estas indemnizaciones, correspondiendo a la empresa el abono del resto.

Por supuesto, tanto empresa como trabajadores, pueden recurrir la resolución de la Autoridad competente en caso de no estar de acuerdo con los términos de la misma.

En Pymes y Autónomos | El Expediente de Regulación de Empleo (I): qué es y las causas para solicitarlo Imagen | xornalcerto

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