Llevamos un par de días hablando de las bondades de la música a la hora de trabajar, medios de reproducción como Spotify que facilitan esta labor así como las mejoras que puede conllevar para nuestra productividad e imagen empresarial.
Pues bien, debemos saber que ambientar con música nuestros establecimientos comerciales o centros de trabajo lleva aparejado un coste adicional aparejado, independiente de los medios técnicos que utilicemos y los soportes que reproduzcamos. Este sobrecoste es el canon por derechos de autor que liquida la SGAE.
Indagando acerca del tema, dado que mi jefe es muy legal y quiere tener todo bien atado, he visto que existe el imperativo legal de abonar este canon para los centros de trabajo y otros establecimientos comerciales y de servicios que no sean de actividad hostelera. En los hosteleros ya lo damos por hecho.
El coste de ambientar musicalmente nuestro centro de trabajo va relacionado con los metros cuadrados que dispongamos entre las dos distinciones anteriores. Los precios en el año 2.008 eran:
- Para centro de trabajo: 3,17 € por cada 50 metros cuadrados, liquidando un mínimo de 150 metros cuadrados.
- Para establecimientos comerciales y de servicios: 6,36 euros por cada 50 metros cuadrados de local.
No tenía constancia de este “gasto” inherente al desarrollo empresarial, por lo cual, ahí está para que estéis informados del sobrecoste de ambientar musicalmente nuestros negocios.
En mi empresa, hemos decidido por unanimidad que no vamos a pagar el canon en vía voluntaria, pero es importante que sepamos que ese coste está ahí.
Además no conozco a nadie que lo pague en voluntaria, y os ruego que si alguno lo pagais sin ser hosteleros, por favor expliqueis el procedimiento porque yo no se como se liquida, por más vueltas que he dado para localizarlo.
Vía | SGAE – Tarifas generales 2.008
Más Información | RDL 1/1996 del Texto refundido de la ley de propiedad intelectual
Enlace | Vídeo original en Youtube
En Pymes y Autónomos | La música en nuestros negocios
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Comentarios
"ambientar con música nuestros establecimientos comerciales o centros de trabajo lleva aparejado un coste adicional aparejado, independiente de los medios técnicos que utilicemos y los soportes que reproduzcamos"
¿Mi oficina también?
Sabía que en hostelería era aplicable, pero...¡estoy sorprendida!.
Estos del SGAE quieren sacar pasta hasta de debajo de las piedras ¿no?
¿Y si apago la música cuando entre un cliente? ¿Me cobran sólo la mitad del canon? Perdón por la ironía, me parece tan absurdo.
Siento la misma curiosidad que tú, a ver si alguien que no se dedique al sector de hostelería nos cuenta cómo lo ha hecho.
El que quiera más información Ramoncín es el que está al loro de todo esto.
Y si tarareas también Mare...
IC, estaba pensando en silbar ;-)
Charlibrawn, tienes razón, como ya no vende discos ha salido de "abanderado por la causa recaudatoria" ;-)
Tengo entendido que si pones música CREATIVE COMMONS no se tiene que pagar a las SGAE si se pone música en el trabajo. Sólo se tiene que indicar en algún cartel que se está poniendo música CREATIVE COMMONS y si es posible los grupos que están sonando.
La siguiente página tiene música CREATIVE COMMONS
www.jamendo.com
Pues se podía pasar Ramocín y explicarnos el procedimiento.
La inmensa mayoría de la música está bajo licencia copyright, por lo que esa solución es válida a medias.
No obstante, no tengo nada claro que una emisora de radio liquide canon por ejemplo, y que una empresa tenga que liquidar canon también por la misma reproducción.
Creo que ahí ya están sobrando cobros de derechos......
Por la música con licencias libres, como la Creative Commons que comenta Mencey-TF, no puede cobrarnos nadie. Lo de la obligación de poner un cartel, sería el colmo, aunque he visto que en alguna tienda lo ponen. Vamos, entonces sólo nos quedaría darle a las entidades de gestion de derechos de autor la potestad para cerrarnos el negocio si no les caemos bien (tiempo al tiempo, que al paso que vamos...).
La verdad, no me apetece seguir hablando del tema. Me cansa tanta cara dura y no creo que este sea el mejor sitio para que "rajemos". Lo importante es que puede pasar alguien a exigirnos el cobro y debemos saber qué hacer. Ah, Remo comentó acerca de una entidad de gestión de derechos, pero, por lo que he leído por ahí, hay más. De esta manera, al ir cada una a su bola, nos pueden cobrar lo que les dé la gana por los artistas que supuestamente representa cada una. En fin, habrá que armarse de paciencia si nos toca algo de esto.
Ami me suena más que tu tienes que pagar si tienes algun aparato capaz de reproducir musica copiada, no tienes que pagar si tienes una radio que solo es FM, pero si tienes que pagar si tienes un equipo de musica con casete o cd , aunque solo uses la radio.
ESto se paga deuna forma simple, un dia viene un señor a tu negocio, dice, soy de la SGAE, te da un papel con la factura y toca pagar, si nunca entra ese señor en tu negocio, nunca tendrás que pagar.
Lo mejor es poner una radio FM de esas de 1 euro en los chicos con altavoces o si no un ordenador, y aludir que ya pagaste en su dia el canon por el ordenador.
Algun dia sere tan ladr... ladrico, digo rico como los de la SGAE,
Hijo mio, y tu que quieres ser de mayor?
Mama, mama, yo quiero ser de la SGAE
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