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Los Autónomos podrán cobrar por el cese de su actividad
22 mayo 2008

Pistoletazo de salida al desarrollo del Estatuto del Autónomo. Por fin, parece que el Estatuto del Trabajador Autónomo va a tener su desarrollo reglamentario, con lo que se van a poder resolver muchas dudas y comenzar a aplicar los avances que el mismo prometía.
Según informa el diario El Economista, a través de Servimedia, en los próximos días tendrá lugar una reunión de la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA) y la secretaría general de Empleo.
El objetivo de dicha reunión es fijar una “hoja de ruta”, en la que se señalen los puntos más controvertidos del Estatuto del Trabajador Autónomo para su posterior desarrollo.
La verdadera punta de lanza de dicha negociación no será otra que la conocida prestación por desempleo cuyo desarrollo prometió el Ejecutivo, recordemos que la Disposición Adicional cuarta del citado Estatuto decía que:
El Gobierno, siempre que estén garantizados los principios de contributividad, solidaridad y sostenibilidad financiera y ello responda a las necesidades y preferencias de los trabajadores autónomos, propondrá a las Cortes Generales la regulación de un sistema específico de protección por cese de actividad para los mismos, en función de sus características personales o de la naturaleza de la actividad ejercida.
Ahora bien, que ningún autónomo considere que este avance social se va a hacer de forma gratuita, probablemente se haga a costa de aumentar los porcentajes de cotización, o un nuevo tipo para proteger en exclusiva dicha contingencia, que se exija una carencia mínima para poder acceder a dicha prestación (¿12 meses?), y una serie de condiciones objetivas para el acceso a la misma (para evitar la picaresca, claro está).
Porque señores, nadie da duros a cuatro pesetas.
De todas formas, seamos positivos y esperemos a ver con qué nos sorprenden…
Vía | El Economista
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Imagen | ATA
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Tags: Autónomos, Desempleo, Estatuto del trabajador autónomo, RETA
Comentarios (2)
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Comentarios
Creo que no será una reforma inmediata, sino más bien lenta. Estoy de acuerdo contigo en las medidas que probablemente se adopten, entre ellas mayor cotización evidentemente.
Me pregunto qué ocurrirá con los hijos de autónomos, menores de 30 que hasta ahora podían estar en el Reg.General pero sin cotizar para desempleo…
#1 | Escrito por falbala | 24 may 2008 17:19:52
Buena pregunta, imagino que rectificarían y permitirían cotizar por desempleo a este grupo.
No tendría sentido que el titular de la actividad pudiera cesar en su prestación de servicio y cobrar desempleo, y el personal que está a su cargo, aunque fuera familiar, no pudiera cobrar prestación alguna.
#2 | Escrito por Óscar | 26 may 2008 10:21:49
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