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Pymes y Autónomos en el día de los inocentes

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Inocentes ;-)

A todos los que nos seguís a diario, queremos comentaros un detalle que ha sucedido en nuestra web en el día de hoy. Si no os habéis dado cuenta aún, es el día 28 de diciembre, día de los Santos Inocentes en España (el equivalente al fools day de los anglosajones).

Como no podía faltar, hoy se han publicado algunas entradas cuya veracidad, fuentes e información introducida quedan ligeramente alejadas de la realidad actual que nos rodea. Estas entradas para ser exactos han sido:

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Bonificación del 30% en impuestos directos si eres legal

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Inocentada

El pasado Consejo de Ministros nos ha traído la aprobación del RD 2123/2008 de impulso al acceso correcto a las tecnologías de la información, y otras medidas de carácter urgente, por el cual se articulan una serie de mejoras complementarias para el uso correcto de las nuevas tecnologías.

Se establecen unas mejoras sustanciales para aquellas empresas y personas físicas que sean legales. La medida es simple, si el usuario de una conexión a internet autoriza a su proveedor de telecomunicaciones a que bloquee la transmisión de datos vía P2P, tendrá una bonificación del 30% en todos sus impuestos directos

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El Estado se une a la moda del cobro de morosos

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Inocentada

Cuál ha sido mi sorpresa al comprobar que está en tramitación una proposición de ley de acuerdo con la cual se crea un nuevo organismo autónomo llamado “Consejo de Recuperación Crediticia Nacional“ cuyo cuerpo de funcionarios superiores estará especializado en el cobro de morosos. De la lectura de la proposición parece que será función primordial del citado cuerpo el cobro de impuestos, tasas y constribuciones especiales por métodos poco ortodoxos si no fuera porque van respaldados de una norma con rango de ley.

Así pues la citada norma prevé ser un complemento básico al Real Decreto 939/2005 por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación y el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de recaudación de la Seguridad Social en caso que fallen los sistemas habituales y más corrientes de cobro (notificaciones, embargos, etc…)

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A partir de 2011 ya no habrá que garantizar los productos que vendamos

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Inocentada

El Gobierno acaba de poner fin a una de las mayores torturas para los fabricantes y vendedores de nuestro país, al aprobar un anteproyecto de ley que eximirá a todo vendedor de dar una garantía por los productos vendidos, salvo 15 días de gracia que han querido mantener las grandes superficies (supongo que por cuestiones de imagen).

A partir del 1 de enero de 2011, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007) y otras leyes complementarias cambiarán los artículos que se refieren a los plazos de las garantías y responsabilidades de los vendedores. El principal cambio es que ya no hay un período de 2 años obligatorio, sino que a partir del día 15, se considera garantía comercial y no legal. Más detalles después del salto.

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