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Rebaja tu factura fiscal

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calculo

Fruto de la actual situación de crisis y consciente que falta poco para finalizar el año, vale la pena tener en cuenta algunos puntos para que la factura fiscal sea menos gravosa de lo que debiera; o en todo caso, siéndolo más, la solución resulte a largo plazo más beneficiosa.

En el caso de empresarios o profesionales (personas físicas que realizan actividades económicas), puede ser ventajoso realizar algún tipo de ajuste respecto las amortizaciones teniendo en cuenta que el IRPF es un impuesto progresivo (cuanto más beneficio generamos, más porcentaje pagamos, hasta llegar al 43%).

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Deducción fiscal por contratos de arrendamiento

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Los contratos de arrendamiento financiero es un buen punto deducible para pymes y autómos ya que se enmarca como una cuota deducible dentro de los rendimientos de las actividad económicas por estimación directa.

Para poder optar a la deducción la duración mínima del arrendamiento ha de ser de dos años cuando hablamos de un arrendamiento de bienes muebles y de diez años para bienes inmuebles (en este caso siempre que se haya suscrito por primera vez después del 1 de Enero de 1996).

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Ojo con las recetas anticrisis: el leasing

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dragon-khan

He creído necesario poner en aviso a aquellas empresas que se planteen una revisión del contrato de leasing que en su día formalizaron con la finalidad de ampliar el plazo de amortización. Un interesante artículo publicado en El Negocio de fecha 25 de mayo de 2009 pone de relieve cual es la posición de la Dirección General de Tributos al respecto.

En la consulta vinculante de la Dirección General de Tributos de fecha 9 de febrero de 2009 se responde respecto la incidencia fiscal que supone un aumento del número de años del contrato de arrendamiento financiero que tiene suscrito el consultante desde el año 2003. Se pretende ampliar de 15 a 25 el número de años de dicho contrato con la entidad financiera debido a las dificultades económicas. Os avanzo que estamos ante un Dragon Khan fiscal.

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