Los autónomos de responsabilidad limitada, o no tanto

Los autónomos de responsabilidad limitada, o no tanto
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Como ya hemos indicado, la Ley de Emprendedores incluye la creación de la figura del autónomo de responsabilidad limitada. Lo que se pretende es salvaguardar de alguna manera el patrimonio del autónomo en caso de fracaso empresarial.

En el caso de los autónomos no se puede diferenciar el carácter personal del empresarial. La personalidad jurídica es única y, por tanto, los beneficios y pérdidas derivados del negocio no se pueden separar de la persona y en caso de que el negocio fracase y se generen deudas éste ha de responder directamente de ellas con su patrimonio presente o futuro.

Al limitar la responsabilidad del autónomo sobre las obligaciones generadas en su desempeño empresarial se dejará una parte de su patrimonio a salvo, para que no tenga que responder con él de las obligaciones contraidas. Sin embargo lo que se ha dado a conocer del alcance de esta medida me parece un poco escasa.

La Ley establecerá que los autónomos no responderán de las deudas derivadas de su actividad empresarial con su vivienda habitual hasta un límite de 300.000 euros, pero aún así están en una posición discriminatoria respecto al resto.

Hay que tener en cuenta que para los trabajadores por cuenta ajena, el salario mínimo interprofesional es inembargable. Este aspecto no se considera en el caso de los autónomos, es más la Administración suele recurrir al embargo de créditos y obliga a los clientes del autónomo a pagarle antes a la Administración que al propio autónomo, por tanto quedan comprometidos inclusos sus ingresos futuros.

Es más, en el caso de un autónomo que cesara la actividad y se pusiera a trabajar como asalariado cobraría, como mínimo, el SMI, pero si abriera otro negocio y siguiera de autónomo no tendría derecho a tener a salvo ese salario mínimo.

La nueva norma que promulga la segunda oportunidad intentaría que los autónomos pudieran volver a empezar y negociar las deudas antiguas para que sean pagadas cómodamente. Sin embargo ésto no afectaría a las deudas con las Administraciones, por lo que se seguirían produciendo este agravio comparativo.

Como aún ha de pasar el trámite parlamentario, sería conveniente que se revisara este aspecto y se complementara o aumentara la responsabilidad limitada de los autónomos.

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