Darse de alta como autónomo: qué sector de actividad y grupo de cotización me corresponde

Darse de alta como autónomo: qué sector de actividad y grupo de cotización me corresponde
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Los trabajadores por cuenta ajena pertenecen a un grupo de cotización u otro en función de su actividad y del puesto que ocupan. Este grupo de cotización determina las bases de cotización mínimas y máximas de los trabajadores.

En el Régimen General, existen hasta 11 grupos de cotización diferentes, como ingenieros y licenciados, jefes administrativos y de taller, oficiales de primera y segunda, peones, o trabajadores menores de 18 años, entre muchos otros. En la página web de la Seguridad Social puedes consultar todos ellos, así como sus bases mínimas y máximas.

¿En qué grupo de cotización cotizan los autónomos?

Pero, ¿qué ocurre en el caso de los trabajadores que se dan de alta como autónomos y, en consecuencia, cotizan en el RETA? En realidad, este grupo de cotización no existe como tal, y cualquier trabajador puede elegir de forma libre sus bases de cotización, entre la mínima y la máxima.

En 2022, las bases de cotización son las siguientes:

  • Base mínima de cotización: 960,60 euros al mes
  • Base máxima de cotización: 4.139,40 euros al mes

Existe una única excepción: el de los trabajadores dedicados a la venta ambulante o a domicilio, es decir, aquellas actividades incluidas en los CNAEs 4781, 4782, 4789 o 4799. En este supuesto, se contemplan dos posibilidades.

Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado

  • Mercadillos de menos de 8 horas al día: opción de base mínima de autónomos (960,60 euros/mes) o 528,30 euros/mes.

  • Mercadillos más de ocho horas día y trabajadores que no perciben ingresos directamente de los compradores: opción entre 884,10 euros/mes o base mínima de autónomos (960,60 euros/mes) o 528,30 euros/mes para actividad CNAE 4799.

Trabajadores individuales

Pueden elegir la base entre 884,10 euros al mes o base mínima de autónomos (960,60 euros/mes) excepto:

  • Si CNAE es 4799: entre la base mínima de autónomos (960,60 euros/mes) o 528,30 euros/mes.
  • Los mercadillos de menos de 8 horas al día: entre base mínima de autónomos (960,60 euros/mes) o 528,30 euros/mes.
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