
Los acuerdos de conciliación previos a la vía judicial (ante el SMAC) entre empresas y trabajadores, ya sean respecto a indemnizaciones o salarios de tramitación, padecen en época de recesión de una dolencia típica y generalizada que los hace peligrosos a no ser que se cobren en efectivo, cheque bancario o similar por parte del trabajador afectado. Me refiero a la falta de confianza, ese estado de tranquilidad en que uno se encuentra cuando sabe a ciencia cierta que va a cobrar.
Los acuerdos previos a la vía judicial entre empresas y trabajadores ante el órgano administrativo de mediación no disponen de las debidas garantías en caso de insolvencia de la empresa. En ese caso el FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) no se hace cargo del pago de los importes acordados entre ambos en caso que la empresa pase a un estado de insolvencia. Eso lógicamente afecta a fecha de hoy al cierre de acuerdos, aumenta los costes de conciliación y el tiempo en la solución de los conflictos.
