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Tabaco, productividad y prohibiciones a adictos al tabaco

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fumar en el trabajo
Una empresa que tiene un centro de trabajo no abierto al público con 5 trabajadores, todos fumadores (menos el jefe) ha decidido permitirle fumar a todos los trabajadores en el desempeño de sus funciones laborales por la caida de productividad, estrés y falta de concentración que presentaban los fumadores cuando les atacaba el síndrome de abstinencia.

Estos trabajadores, comenzaron cumpliendo a raja tabla la Ley antitabaco, dejando de fumar en el propio centro de trabajo, con los condicionantes antes descritos; absolutamente todos son fumadores y no es un centro de trabajo que tenga atención al público. Con esta prohibición, estos trabajadores salían a echar el pitillo, cada cierto tiempo, cortando el flujo de trabajo, las consiguientes interrupciones y como vía para saciar el estrés acumulado.

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Derecho a la pausa del bocadillo (o del pitillo)

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rodera_adn.jpgDesde siempre ha sido la “pausa del bocadillo”. Ese tiempo para descansar, tomarse un café o, sencillamente un respiro, es un derecho de todos los trabajadores. Es la propia empresa quien debe determinar el periodo máximo de disfrute de este derecho pero hay unos mínimos que son los que establece el Estatuto del Trabajador. La retribución de la pausa del bocadillo depende de lo que disponga el Convenio Colectivo correspondiente. Si se considera tiempo efectivo de trabajo será renumerado.


“Con carácter general, en jornadas de seis horas seguidas de trabajo, el tiempo mínimo para descansar es de 15 minutos pero si el trabajador es menor de 18 años el tiempo mínimo será de 30 minutos cuando trabaje cuatro horas y media”.

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