En la actual situación de restricción crediticia, las empresas se ven obligadas a contemplar todas las alternativas de financiación posibles, de entre ellas, el Mercado Alternativo Bursátil (MAB) puede ser una opción para la financiación de un determinado tipo de pymes. Las empresas que se planteen esta opción deben saber que han de cumplir una serie de requisitos como:
- Ser sociedades anónimas.
- Tener su capital social totalmente desembolsado y representado en anotaciones en cuenta, con libre transmisibilidad de sus acciones.
- Estar comercializando productos o servicios.
- Presentar una oferta de emisión superior a dos millones de euros en acciones.
- Garantizar la transparencia en sus cuentas y tener auditadas las cuentas de al menos de los dos años anteriores a su cotización.
- Designar un asesor registrado.
- Establecer un contrato de liquidez. Se trata de un acuerdo entre la empresa cotizada y un intermediario financiero por el que la compañía autoriza al mismo a realizar operaciones de compra y venta con acciones propias de la sociedad en cuestión cuando lo crea necesario para agilizar la contrapartida. Esta operativa está muy limitada para evitar que afecte a la libre formación de precios en el mercados.
