
Nos consultaba un lector sobre los costes que puede conllevar la extinción de una sociedad o la posibilidad de dejarla inactiva en el tiempo, sin actividad mercantil alguna, aún a costa de soportar las obligaciones formales que ello conlleve.
Es práctica habitual no liquidar y extinguir las sociedades mercantiles una vez que se decide finalizar la actividad empresarial. Mi postura en este extremo es meridiana, si la sociedad ha cesado su actividad, se debe liquidar y terminar los cabos sueltos, dado que dejar una sociedad inactiva sólo puede traer problemas.
