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Nueva Orden reguladora del modelo de declaración del IRPF 2008 (II)

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La presentación de la declaración del IRPF del ejercicio 2008, de acuerdo con el contenido de la orden podrá hacerse de varias formas. En caso de ser positiva servirá cualquier entidad colaboradora (bancos, cajas o cooperativas de ahorro) u oficina habilitada por la CCAA. En caso de declaraciones a devolver, podrá presentarse en cualquier delegación de la AEAT, entidad colaboradora u oficinas habilitadas por las CCAA. Si son negativas o se renuncia a la devolución (no lo hagáis, enviadme un email y os daré mi nº de cuenta), se añade el correo certificado, no siendo posible en este caso la presentación ante las entidades colaboradoras.

Si se utiliza el servicio de ayuda de las oficinas de la AEAT (a quien difícilmente podréis pedir responsabilidades por los errores cometidos) podrá presentarse en el mismo acto para su inmediata transmisión telemática, debiendo necesariamente domiciliarse el ingreso si es a ingresar.

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