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La agresión física de un empleado al jefe no es motivo de despido

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía acaba de dictar una sentencia sobre la improcedencia de un despido fundamentada en una agresión a los superiores que no puede dejar indiferente a nadie. Según informa Expansión, un empleado de una inmobiliaria, justo antes de que se le notificara la primera carta de despido, entiende que:

La agresión física al jefe, empujándole hasta hacerle perder el equilibrio y lanzar al aire patadas de kárate con el objetivo de alcanzarle, no reviste la gravedad exigible para constituir causa de despido

No hace mucho, comentamos cómo llamar hijo de puta al jefe, el insulto, la falta de respeto y demás comportamientos reprobables no eran considerados tampoco como causa de despido por un Tribunal; ahora, las agresiones tampoco. ¿Es esta sentencia aceptable?

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