Plácido necesitaba seis personas para la cocina y el servicio en su restaurante de Galapagar, en Madrid. “Puedo pagar 2.000 o 2.200 euros brutos”, dijo en un reportaje publicado por Espejo Público. Añadió que contrataría sin dudarlo a candidatos capacitados si se presentaran en ese momento, pero que los horarios le complicaban las cosas.
El empresario citaba las dificultades para encontrar candidatos que aceptaran las condiciones del trabajo. Según él, el turno partido y el deseo de los empleados de tomarse unas vacaciones de verano, cuando la clientela es más abundante, explicaban esas dificultades. Otro factor que, según Plácido, empeora las cosas es que los competidores ofrecen mejores condiciones laborales a sus empleados para intentar contratarlos.
“Lo que más nos duele es formar a una persona”, afirmó el empresario. Según Plácido, podía tardar un año en formar a un empleado para que fuera un profesional y le dolía que después se marchara.
Verónica, una cocinera, explicó en el reportaje que trabajaban ocho horas y se les pagaban las horas extras. Según ella, la falta de candidatos se debía en parte a la actitud de los jóvenes: “La gente quiere trabajar… O sea, no quiere trabajar, pero quiere dinero”.
El reportaje mencionó a otras personas que trabajaban en el sector. El propietario de otro bar, Luisma, necesitaba tres personas y hablaba de 2.000 euros al sumar el sueldo neto y las cotizaciones a la Seguridad Social. Una camarera de ese bar, Maite, relataba que trabajaba desde las 14:00 hasta el cierre, con jornadas de nueve o diez horas, y que algunos compañeros se marchaban después de dos o tres días de trabajo.
La aclaración sobre cuántas pagas incluye el salario también podría ayudar a comparar la oferta. Según un cálculo rápido, 2.000 euros brutos multiplicados por doce o, alternativamente, por catorce pagos iguales sumarían 24.000 o 28.000 euros al año. La entrevista no indica el número de pagas ni permite calcular cuánto podría percibir el aspirante tras deducir la cotización a la Seguridad Social y la retención del impuesto sobre la renta.
La distribución de la jornada también influye en el número de horas que se pasa fuera de casa. Ismaray, una camarera, lo describió como dos turnos de cuatro horas separados por cuatro horas libres en el testimonio recogido por Pymes y Autónomos. Trabajaba de 10:30 a 14:30 y de 18:30 a 22:30: entre la primera entrada y la última salida transcurrían doce horas, sin contar los desplazamientos.
Qué establece la normativa sobre vacaciones y jornada
La política de vacaciones puede requerir más aclaraciones. Según el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, los empleados pueden disfrutar de un mínimo de 30 días naturales de vacaciones al año. Dicho periodo debe acordarse entre empleado y empleador en función del convenio. También deben proporcionarse las fechas de las vacaciones con al menos dos meses de antelación. La ley general no concede automáticamente todo el mes de agosto libre.
El acuerdo colectivo correspondiente contiene, por regla general, cláusulas relacionadas con las vacaciones. El convenio de hostelería publicado en 2024, pactado para el periodo 2023-2025, establece un mínimo de 30 días naturales seguidos. Según el documento, se puede pactar su disfrute en dos periodos de 15 días cada uno, de los que uno debe coincidir con el periodo comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre.
Tales condiciones indican que, si se acuerda dividir las vacaciones, uno de los dos periodos debe disfrutarse en ese intervalo estival. La elección de las fechas sigue las normas del propio convenio. El registro oficial del convenio madrileño recoge su denuncia para renegociarlo; el artículo 86 del Estatuto prevé que, en defecto de pacto, mantenga su vigencia durante la negociación.
El acuerdo colectivo de hostelería publicado en 2024 establece que la jornada ordinaria de trabajo tiene un máximo de 1.800 horas anuales y 40 horas semanales, con reglas específicas de flexibilidad. El artículo 14 también establece que la jornada partida está limitada a dos periodos. Para el propietario de un restaurante pequeño, es fundamental establecer las horas de inicio y fin de los turnos, así como el tiempo libre entre ellos, para que el candidato esté preparado.
Un acuerdo para facilitar la contratación
También existe una novedad sobre la contratación de personal posterior a la entrevista. Un comunicado publicado por Hostelería Madrid el 6 de octubre de 2026 anunció un acuerdo con la Agencia para el Empleo del Ayuntamiento de Madrid. La organización podrá trasladar a la agencia las ofertas de empleo de las empresas del sector, detallando las condiciones y los perfiles requeridos. La agencia podrá preseleccionar candidatos y derivarlos a las empresas.
La colaboración prevé adaptar la formación a las necesidades detectadas en los establecimientos. Así, quienes necesiten personal podrán contactar con la asociación para consultar las posibilidades del acuerdo. Están disponibles otros métodos de selección de personal para quienes decidan seguir utilizándolos. El comunicado incluye la descripción de las medidas, pero aún no contiene resultados de contratación ni de contratos indefinidos.
Imágenes | Antena 3 y Pexels con edición
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